Las víctimas de violencia de género no tendrán la obligación de declarar contra sus agresores para recibir protección social y jurídica, como necesitaban hasta ahora, y dispondrán de otras posibilidades además de la sentencia firme para acreditar su condición de maltratada.
Así lo establece el real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, que modifica la Ley de Bases del Régimen Local, la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el Código Civil. EFE