EFE | El
Parlament ha presentado alegaciones ante el Tribunal Constitucional en
contra del recurso de amparo solicitado por el expresidente catalán
Carles Puigdemont, al sentirse agraviado por la decisión que adoptó la
Mesa de la cámara catalana, en octubre de 2018, sobre su voto como
diputado.
Así han respondido los servicios jurídicos del Paralment presidido por
Roger Torrent (ERC) al recurso de amparo ante el TC que presentó
Puigdemont en enero para denunciar una supuesta vulneración de sus
derechos a la hora de ejercer su voto, después de haber sido suspendido
como diputado por el Tribunal Supremo. Las alegaciones de los servicios jurídicos del Parlament, firmados
por el letrado mayor y exdirigente de ERC Joan Ridao, han molestado a
JxCat: "Es evidente que no compartimos ni el fondo ni la forma, y es
evidente también que nuestros juristas están trabajando en ello", ha
afirmado el portavoz adjunto, Eduard Pujol.
El conflicto se remonta al pasado octubre, cuando los diputados
procesados por el 1-O en prisión preventiva y estos días juzgados en el
Supremo, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi
Sànchez, junto con Carles Puigdemont, huido a Bélgica, fueron
suspendidos como parlamentarios por el juez instructor del Supremo Pablo
Llarena.
Si bien los diputados afectados de ERC -Junqueras y Romeva-
aceptaron designar a un sustituto para que ejerciera sus funciones -el
presidente del grupo, Sergi Sabrià-, los diputados de JxCat, entre ellos
Puigdemont, rechazaron esa opción, porque no querían reconocer que
estaban suspendidos.
Ante esta negativa, la Mesa del Parlament, con los votos de ERC y
PSC, acordó el pasado 9 de octubre retirar la opción de voto delegado a
los diputados del grupo liderado por Carles Puigdemont, lo que conllevó
que los independentistas perdieran la mayoría en la Cámara y abrió un
cisma entre Esquerra y JxCat.
A diferencia de los presos de JxCat, Puigdemont presentó el pasado
enero un recurso de amparo ante el TC en el que pedía que se anulara ese
acuerdo de la Mesa, alegando que había vulnerado sus derechos.
En las alegaciones presentadas por el Parlament este martes, no
obstante, los servicios jurídicos razonan que no ha lugar a este amparo. Lo justifican porque no fue la Cámara quien suspendió los derechos de
Puigdemont como diputado, sino que solo habilitó un mecanismo para "dar
efectividad" a la resolución judicial del Supremo, aunque no fuera "de
forma directa y automática", mediante "el procedimiento más garantista".
Además, subrayan que este mecanismo a través de la delegación de voto
a un tercer parlamentario permitía preservar las mayorías de la Cámara.
"Es por lo que, habiendo en el auto judicial una voluntad de
preservar el sistema de mayorías en coherencia con las exigencias del
principio democrático y habiendo facultado el Pleno del Parlamento,
mediante un procedimiento de garantías, la designación de otro diputado
para que los diputados suspendidos pudieran ejercer sus derechos, se nos
antoja difícil que pueda apreciarse vulneración alguna del 'ius in
officium' (facultades del cargo público) del diputado Carles
Puigdemont", añaden los servicios jurídicos.
También remarcan que la naturaleza de los recursos de amparo "está
indeclinablemente vinculada a la reparación de un derecho subjetivo
dañado", pero "desde la perspectiva de los derechos fundamentales" el
Parlament no tenía, entienden, "capacidad de decidir enteramente sobre
la suspensión de los diputados", que fue decretada por el Supremo
durante la instrucción del caso del procés.
Los servicios jurídicos también han presentado alegaciones para defender
los acuerdos de la Mesa frente a dos otros recursos de amparo: Uno de
Ciudadanos en relación a la figura del diputado designado y la
aplicación de voto ponderado en las comisiones, y otro de PSC- Units
sobre la misma materia.