EFE | La
Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que no autorice la salida de la
cárcel de Oriol Junqueras el próximo 17 de junio para adquirir la
condición de eurodiputado porque podría obligar a pedir el suplicatorio
al Parlamento Europeo para retirarle la inmunidad y a paralizar el
proceso penal contra los líderes independentistas.
En otro escrito, el Ministerio Público acepta que se autorice la salida
de prisión del exconseller Joaquim Forn este sábado para adquirir la
condición de concejal en el Ayuntamiento de Barcelona, aunque por su
situación "no pueda materialmente ejercer las funciones ni desarrollar
las actividades propias del cargo". No es de la misma opinión en el caso de Junqueras, ya que cree que el objetivo del exvicepresidente de la Generalitat es “sortear la suspensión de funciones” que ya se ha acordado para él como diputado en el Congreso.
Según la Fiscalía, autorizarle a adquirir la condición de eurodiputado
“supondría abrir un escenario en el que podrían producirse
interferencias absolutamente irrazonables en el ejercicio de la función
jurisdiccional”, pues otorgaría al poder legislativo, en el
este caso el Parlamento Europeo, una función de “revisión” o “control”
sobre el judicial.
La inmunidad parlamentaria se convertiría así en un “privilegio” o
“derecho particular” de determinadas personas, explica la Fiscalía, que
recuerda además que el juicio oral casi ha concluido y que el dictado de
la sentencia “no puede sujetarse a condición alguna”.
“La exigencia de suplicatorio en la fase procesal en la que nos
encontramos, y la posibilidad de que fuera necesario acordar la
suspensión de este proceso penal, no constituiría un ejercicio razonable
y proporcional de las prerrogativas parlamentarias”, resume.
Según la argumentación del Ministerio Público, cuando fue elegido
diputado no fue necesario solicitar el suplicatorio al Congreso porque
ese trámite sólo es exigible en los momentos previos a la inculpación o
el procesamiento, pero, de acuerdo con el reglamento interno de la
Eurocámara, sí habría que dar ese paso en el Parlamento comunitario para
retirarle la inmunidad.
Ello derivaría en la “suspensión y paralización del procedimiento, lo
cual generaría una intromisión tan indebida como inadmisible en el
ejercicio de la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado que
corresponde al Poder Judicial”, insiste.
Además, añade, en el caso de Junqueras sería aplicable el artículo
384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que determina la suspensión
automática de los procesados en prisión provisional por el delito de
rebelión, pero como el Parlamento Europeo no está obligado a aplicar una
norma nacional, la suspensión de sus funciones públicas “no podría ser
ejecutada de forma automática”.
En el caso de Forn, la Fiscalía ve obvio que una persona en prisión
preventiva no podrá ejercer una actividad permanente y continuada, pero
considera que sí tiene derecho a adquirir la condición de concejal
porque es candidato electo y no está privado por sentencia firme del
ejercicio de su cargo.