El Confidencial
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José Manuel López García
Cartas al Director

Los familiares de los cuatro fallecidos recibirán un total de 36.000 euros en indemnizaciones

24-08-2006

Los familiares de los cuatro fallecidos durante la crisis incendiaria que afectó a Galicia durante la primera quincena de agosto recibirán en total una indemnización de 36.000 euros, si finalmente se cumplen las previsiones de ayudas por parte del Gobierno análogas a las del año pasado en el caso de Guadalajara. La semana pasada, el presidente de la Xunta, Emilio Pérez Touriño, aseguraba en una entrevista concedida a AGN que esperaba para Galicia un decreto ley "inspirando en anteriores situacións de crise por incendios potentes", en referencia al que en julio de 2005 arrasó 12.000 hectáreas en Guadalajara y se cobró la vida de once personas. Si las previsiones de Touriño se cumplen, el Consejo de Ministros adoptará las mismas medidas compensatorias para los afectados por los incendios de este mes en Galicia que las diseñadas entonces, que supusieron una ayuda de 18.000 euros para la familia de cada uno de los fallecidos. Estos se sumarían a los 18.000 aprobados hoy por el Consello de la Xunta. El Real Decreto Ley que fue aprobado seis días después de la tragedia de Guadalajara establecía también indemnizaciones en función de los daños provocados por los incendios en las explotaciones agrícolas y ganaderas que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el plan de seguros agrarios combinados, hubiesen sufrido pérdidas por daños en sus producciones no cubiertos por ellas. Las indemnizaciones se limitaron a los titulares de aquellas explotaciones que hubiesen sufrido pérdidas superiores al 20 por 100 de la producción. Medidas fiscales Además de las ayudas directas, se establecieron medidas fiscales que, entre otras, supusieron la exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, dañados como consecuencia directa de los incendios, y su reducción a las industrias, comercios y profesionales. Estas medidas se limitan a los casos en que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad. En cuanto a medidas de empleo y seguridad social, las empresas y los trabajadores por cuenta propia, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social, pudieron solicitar y obtener, previa justificación de los daños sufridos, una moratoria de un año sin interés en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a los tres meses naturales inmediatamente anteriores a la producción del siniestro. En el aspecto crediticio, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) instrumentó una línea de préstamos por importe de veinte millones de euros para financiar la reparación o reposición de instalaciones y equipos industriales y mercantiles, agrícolas, forestales, ganaderos y de regadío, automóviles, motocicletas y ciclomotores de uso particular, vehículos comerciales, maquinaria agrícola y locales de trabajo de profesionales que se viesen dañados como consecuencia de los incendios.





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