El Confidencial
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José Manuel López García
Cartas al Director
El observador

Si el banco roba, llámalo ladrón

11-12-2016

Emilia Soria fue condenada a 2½ años de cárcel por utilizar una tarjeta extraviada, dada su precariedad económica se gastó la desorbitada cantidad de 200€ en pañales y comida para su bebé, la denuncia fue retirada por el titular de la tarjeta pero la “Justicia” siguió su curso y condenó tamaño delito, no tengo el talento de Víctor Hugo pero este hecho sería el inicio de otro desgarrador relato como “Los miserables”.

¿Pero que hace esta supuesta Justicia ante los verdaderos delincuentes?, esos que se escudan tras una S.A. y reciben subvenciones del Estado regido por políticos que comen de su mano, S.A. que roban descaradamente a millones de personas cuando les ingresan su escaso peculio en una entidad bancaria obligatoriamente, dado que muchas empresas tanto públicas como privadas realizan el pago por el rendimiento de su trabajo por transferencia bancaria, dinero con el que especulan en la sombra cuando lo tienen en su poder obteniendo beneficios en transacciones bursátiles, en horas. Práctica que llaman legal, pero si pierden, el Estado regido por verdaderos miserables, les inyectan dinero recaudado a través del IRPF de los estafados depositarios de esas cuentas bancarías, mientras a esas entidades se las exonera de impuestos a través de la ingeniería fiscal a la que no quieren investigar, ni hacer  “Justicia”.

Todo empezó ante la extrañeza de que todos los meses el receptor de una pensión de jubilación, a través de la Seguridad Social, observó que vecinos y amigos cobraban alrededor del día 25 del mes en curso mientras que él desde el 2012 cobra entre el 1 y el 3 del mes siguiente, y le descuentan unos céntimos  los días día 2 o 3 inmediatamente de ingresarle la pensión. Habla con el bancario de su entidad y le comenta que es por los gastos ocasionados del pago que tiene el último día de cada mes, gastos fijos que no puede cambiar. Reclama por correo electrónico y recibe la siguiente respuesta:Para el abono de Pensiones cada Entidad Bancaria adelanta los días que se hayan estipulado y en Banco Santander se pagan el último día hábil del mes anterior.Según el Real Decreto 1891/1999 del 10 de diciembre, BOE del 28 de diciembre de 1999, las Pensiones deben de estar abonadas a los beneficiarios el primer día hábil del mes en el que se realice el pago y nunca más tarde del cuarto día natural del mismo mes.La única cuenta que permite adelantar el pago es nuestra Cuenta 123. Además se le da bonificación por sus recibos y rentabilidad por saldos  medios diarios superiores a 1.000 euros. Está exenta de comisiones de transferencias SEPA, la tarjeta de débito es gratuita y tiene otras ventajas.Se informa y en la letra pequeña de esa Cuenta 123 dice que estas ventajas es por mantener un saldo medio de 1000€ diarios, con un costo mensual de 3€. Pero nada dicen de otras condiciones como: tener domiciliados un mínimo de 3 recibos o hacer pagos con la tarjeta al menos 6 veces al trimestre, y se autoproclama como el Banco que no cobra comisiones. ¿Cuántos jubilados, empleados o trabajadores, tienen ese poder adquisitivo, o cobrar más de 1000€ mensuales en la actualidad, o tener un mínimo de 1000€ todos los días en una cuenta?

Todas esas preguntas le llevó a preocuparse por saber que dice el Decreto Ley 1891/1999, y ve con asombro que está redactado posiblemente por exigencias de las entidades bancarias, de nuevo la política al servicio de sus prestamistas, porque en él dice: “resolviendo con ello los problemas que en ciertas ocasiones se plantean por la existencia de varios días inhábiles consecutivos al inicio de un mes, así como para completar la regulación de las relaciones al efecto entre la Tesorería General de la Seguridad Social y aquellas entidades financieras.Se deduce que dejan el cómo y cuándo realizará los ingresos a las entidades bancarias, al expresar que recibirán el importe mucho antes de finalizar el mes, cuando dice:La Tesorería General de la Seguridad Social anticipará los importes líquidos de la nómina de primeros pagos y de la nómina mensual, emitiendo los documentos contables extrapresupuestarios previstos al efecto para situar el líquido de la nómina en las entidades financieras colaboradoras a fin de su abono a los interesados. Posteriormente, la Entidad gestora correspondiente expedirá los documentos contables de imputación presupuestaria establecidos al respecto.Demostrándose que incumple la Ley al no depositar el pago de la pensión cuando corresponde, mientras que conocidos, amigos o familiares de nuestro derredor cobran el 25 o en día cercanos del mes por tener la Cuenta 123, no solo es discriminatorio sino que se puede considerar delito porque según el Decreto Ley dice:“Los pagos de prestaciones en ningún caso generarán gasto alguno para el beneficiario, al que se le garantiza el principio de libre elección tanto del medio de pago dentro de las previsiones del artículo 11 como, en su caso, de la entidad pagadora entre las figuradas en el Registro a que se refiere el artículo 19.”Con este beneficiario de la Seguridad Social  la entidad bancaria está cometiendo un delito con premeditación, y con el antónimo de nocturnidad, pero de igual alevosía, dado que desde Enero de 2015 hasta Noviembre de 2016, le ha sido descontado alrededor de 6 €, ¿a cuántos de los 9 millones largos de pensionistas están robando? ¿Cuál será el montante con el resto de sus clientes?, si por 200€ el aparato judicial ha seguido moviéndose, ante el robo sistemático de decenas de millones de € ¿será ciega? Él no puedo denunciar por la cuantía, como máximo puede dirigirse al Banco de España y enumerarle los hechos, a Ausbanc no quiere dirigirse por su oscuro comportamiento en su relación con “Manos Limpias”. Solo  le queda exigir a un partido político decente y preocupado por los ciudadanos que presente denuncia por el delito continuado que está cometiendo con subterfugios ciertas entidades bancarias a sus clientes, no beneficiaros, como creen que son y dan a entender. 

José Enrique Centén


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