Los Estados miembros de la UE deben conceder el derecho de residencia al cónyuge homosexual de un nacional de cualquier país comunitario, aunque éste no reconozca dichas uniones, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Según esta sentencia, el concepto "cónyuge" se aplica a los matrimonios homosexuales en lo relativo al derecho a residencia en un país de la Unión Europea (UE)l. EFE