EFE | La
jueza de Violencia sobre la Mujer número 5 de Madrid ha rechazado
asumir la investigación de los hechos ocurridos el pasado día 3 cuando
Ángel Hernández ayudó a su esposa, María José Carrasco, aquejada de una
grave enfermedad, a suicidarse ingiriendo una sustancia.
Así lo acuerda la magistrada en un auto en el que rehúsa la inhibición
del Juzgado de Instrucción 25 de Madrid respecto del asunto, al entender
que la solicitud expresada a su marido de forma seria e inequívoca por
parte de la esposa de poner fin a su vida convierte este presunto delito
en excepción respecto a las conductas recogidas en la ley integral de
violencia sobre la mujer.
La causa será devuelta al Juzgado de Instrucción, cuya magistrada titular deberá decidir si se tramita ahí o se
eleva a la Audiencia Provincial de Madrid. En el texto del TSJ añaden,
en palabras de la jueza, que "desde una perspectiva
criminológica este auxilio al suicidio de la persona enferma grave que
lo solicita expresamente no es la manifestación de ningún tipo de
violencia física, psíquica o limitación de la libertad".
"La inclusión en el ámbito de
competencia de los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer supone una
interpretación literal incompatible con el objeto y la finalidad de
estos Juzgados. Por ello, también desde una interpretación social y
teleológica de la ley se deduce que el auxilio al suicidio previsto en
el artículo 143.4 del Código Penal no puede formar parte de las
competencias de los Juzgados de Violencia de Mujer’.
Contra
el auto que rechaza el caso en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer
cabe la interposición de recursos, ya sea de reforma ante el propio
órgano judicial o de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid,
en el plazo de tres y cinco días respectivamente.