El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló la resolución de julio del año 2007 del gobierno Bipartito por la que se admiten a trámite los parques eólicos singulares, según ha informado a última hora de la Xunta de Galicia.
La razón por la que se produce esta anulación se basa, según las
mismas fuentes, en la falta de motivación de la resolución anulada,
que no establece, de una forma concreta e individualizada, las
causas que determinan la selección y la exclusión de los proyectos.
Esta sentencia "deja sin efecto las tesis de la defensa
mantenidas en el proceso por el anterior Gobierno de la Xunta, que
decía que las causas de selección o exclusión no figuraran en la
resolución, aunque sí que se encontraban recogidas en un informe
técnico realizado por la dirección del Instituto Enerxético de
Galicia" (INEGA), según indica la Xunta en un comunicado.
El TSXG, en el fallo judicial, indica que el INEGA no realizó un
informe, seno que se fue adecuando al que acordaba a comisión de
valoración, según las mismas fuentes.
Según la nota del Gobierno gallego el TSXG, "cuestiona los
procedimientos llevados a cabo en el sector eólico por lo anterior
Ejecutivo de la Xunta, lo que obliga a la actual Consellería de
Economía e Industria a resolver una orden de convocatoria para la
autorización de parques eólicos singulares, con fecha de diciembre
de 2004".
Concluye la nota diciendo que el nuevo Gobierno de la Xunta
"pretende situar a Galicia e a vanguardia del sector eólico y, lejos
de paralizarlo, tal y como ocurrió en la etapa anterior, quiere
proporcionarle el impulso preciso para que el sector cuente con la
mayor seguridad jurídica posible".