La Consellería de Sanidade ha estimado la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por los padres de una niña de 7 años residente en A Coruña que ha sufrido daños en un ojo (un glaucoma post-afáquico en el ojo derecho que implicó una restricción visual próxima a la ceguera) porque no se efectuaron las exploraciones adecuadas y recomendadas para el caso.
De este modo, la aseguradora del Sergas ha de abonar 74.000 euros de indemnización (54.000 euros por el daño ocasionado a la niña y 10.000 euros por el daño moral a cada padre). La defensa de la afectada fue tramitada por el letrado Cipriano Castreje Martínez, especialista en derecho sanitario y adscrito a los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Galicia.
Con esta resolución, la Consellería asume el dictamen del Consello Consultivo que hace unos meses incrementaba la indmenización que había propuesto la instructora del expediente en 20.000 euros más, al estimar que existía el daño moral a los padres.
La niña fue atendida por este asunto en el Hospital Teresa Herrera de A Coruña para detectar la posible existencia de un glaucoma, aunque las revisiones a las que se sometió no resultaron eficaces por no haberse efectuado las exploraciones adecuadas para el caso. La reclamación presentada por el letrado data ya del año 2007.