Una sentencia emitida el pasado miércoles por la sala primera del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirma la resolución del Juzgado de lo Contencioso número uno de Santiago que condenaba al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 100.000 euros a un vecino de la localidad pontevedresa de Cuntis y con 50.000 euros a sus padres por daños morales tras quedar postrado en una sillas de ruedas por un presunto error en el diagnóstico.
Según la denuncia formulada por los serivicios jurídicos del Defensor del Paciente en Galicia, E.P.A. había acudido por primera vez al servicio de pediatría del Hospital de Montecelo cuando tenía tan sólo 20 meses para consultar un problema de pérdida de fuerza en las extremidades inferiores. La sentencias del TSXG confirma que el joven fue víctima de un fallo médico al haberle diagnosticado una atrofia muscular espinal infantil cuando en realidad padecía un tumor intramedular dorso-lumbar que no fue descubierto hasta 13 años después de su aparición clínica.
Así las cosas, el tribunal sostiene que para una valoración correcta no era suficiente las prueba realizada al joven (una electromiografía), sino que apunta como indispensables otros estudios neuroradiológicos que hubieses descartado la atrofia muscular infantil.
Durante esos 13 años, la médula del menor se fue oprimiendo hasta lesionarse de forma irreversible, por lo que necesita una silla de ruedas para desplazarse y la ayuda de su familia para realizar las actividades cotidianas. Es por ello que el Defensor del Paciente insta al Sergas a reparar el daño causado tanto físicamente como a nivel moral.