El Confidencial
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José Manuel López García

JUSTICIA

El TSXG desestima el recurso del guardia civil condenado por matar a su ex pareja en Cambados en 2007

01-12-2010 19:29:05

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado "totalmente" el recurso presentado por Jaime Maiz, el guardia civil condenado por matar a su ex pareja -Mari Luz Posse- en el municipio pontevedrés de Cambados en 2007. El tribunal confirma la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra "en su integridad", que impuso al agente una pena de 19 años de cárcel, después de que un juzgado popular lo declarase culpable por unanimidad.

Así, el TSXG rechaza que puedan aplicarse las atenuantes que presentaba la defensa, entre las que incluían un supuesto trastorno adaptativo, influencia del alcohol, ofuscación, error en la apreciación de la prueba, vulneración del principio de presunción de inocencia o dilación indebida en el proceso. Ante la sentencia todavía cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en un plazo de cinco días.

Frente al recurso de la defensa, que pretendía la libre absolución del guardia civil alegando que no tenía ánimo de matar a Mari Luz Posse, el TSXG ve probado todo lo contrario, es decir, que hubo un "evidente ánimo de matar, tanto por el arma utilizada como por la zona adonde fue dirigido el disparo".

De hecho, la sentencia replica con un rotundo "no se exige mayor comentario para la más rotunda desestimación del motivo" que la "simple lectura del relato fáctico", y desmonta por "sorpredentes" alegaciones esgrimadas como que "si el acusado hubiera querido matar a Mari Luz podría haberlo hecho en cualquier otro momento anterior".

En los fundamentos de la sentencia, el TSXG va desmontando una por una las alegaciones presentadas por la defensa de Jaime Maiz. En el caso de la alcoholemia, consideran que no tenía limitadas sus facultades pese a haber estado bebiendo, ya que quedó probado que no erró el disparo e incluso eligió un blanco mortal. Por lo que respecta a la dilación indebida en la tramitación, resaltan que el volumen de la causa es gruesa y señalan que duró en torno a dos años y medio, mientras que los casos en los que el Tribunal Supremo ha aceptado esta atenuante se referían a periodos de más de cinco años.

El TSXG incide en la "gravedad del hecho enjuiciado tanto por el motivo, cualidad de su autor, medio y lugar donde se llevó a cabo". En diciembre de 2007, este hombre disparó en la cabeza a su ex compañera sentimental, cuando ésta se disponía a presentar una denuncia en su contra por acoso y malos tratos en la casa cuartel de Cambados.

El pasado 22 de junio, Jaime Maiz ingresaba en la prisión pontevedresa de A Lama tras una polémica libertad de la que gozaba desde el mes de febrero. Junto a los 19 años de cárcel, la sentencia de la Audiencia Provincial lo condenó también al acusado a indemnizar a los padres, hijos y hermanos de la víctima con cantidades que oscilan entre los 130.000 y los 15.000 euros, con un valor total de más de 270.000 euros. Además, establecía una medida que obliga al ex guardia civil a mantenerse alejado de la familia, que sigue residiendo en Cambados, durante 10 años, una vez obtenida la libertad.





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