La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado la suspensión cautelar del catálogo priorizado de medicamentos de Galicia -pedida por la Federación de Farmacias gallega (Fefga)-, alegando que la petición no tenía "soporte probatorio" y al entender que posponer la aplicación del catálogo resultaría "alarmante" por privar las arcas públicas del ahorro previsto.
En un auto hecho público por el TSXG, la sala acuerda denegar la suspensión, aunque señala que esta decisión no afecta a las posibles medidas que determine al respecto el Tribunal Constitucional (TC), que "prevalece sobre el criterio de esta sala". Así, señalan que su denegación "no impide lógicamente la prevalencia y aplicación de la suspensión que pudiere decretar el TC".
El auto indica que el escrito presentado por la Fefga incluye "afirmaciones vehementes" en contra del catálogo "pero sin soporte probatorio", ya que "no van acompañadas de prueba documental o informe alguno". Por el contrario, señala el TSXG, la argumentación presentada por la Xunta va acompañada del informe técnico avalado por la Comisión Autonómica Central de Farmacia y Terapéutica y por el informe económico del impacto del catálogo.
Así, y aunque los jueces firmantes del auto aclaran que "no queremos dar por probada una u otra tesis", sí proclaman que "no puede adoptarse la suspensión de una norma reglamentaria sobre simples alegatos y conjeturas sin avales documentales, periciales o indicios objetivos de solidez".
Por otro lado, y en lo que refiere al daño que pudiera derivarse de la aplicación del catálogo -que alega la Fefga-, el TSXG sostiene que "ni en la peor de las hipótesis manejadas por el recurrente" se provocaría "un perjuicio general a los pacientes"; mientras que sí existe peligro si se demora la aplicación del catálogo. "Resultaría alarmante para la Administración ya que comportaría la privación del ahorro para las arcas públicas y, por ende, la ausencia de su reinversión o reutilización en el ámbito de la salud".
En su argumentación, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG alude a la conveniencia de no "precipitarse" en las resoluciones y subraya que la decisión adoptada no supone "decidir el fondo del litigio", lo que procederá tras seguirse el procedimiento ordinario. Asimismo, insiste en que los recurrentes se limitan a insistir en cuestiones jurídicas.
REACCIÓN DE LA XUNTA
Tras conocerse el auto del TSXG, el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, agradeció "o respaldo legal" dado por el alto tribunal e informó, en la rueda de prensa posterior al Consello da Xunta, que "imos remitir este fallo ao Ministerio de Sanidad hoxe". Así, el Gobierno gallego pedirá que "se deixe de substanciar este pleito a través dos órganos xurisdiccionais ordinarios", reclamando al Ejecutivo central que retire el recurso presentado ante el TC.
"Acabamos de ser notificados polo TSXG, que denega a suspensión do catálogo e di claramente que la suspensión de ese decreto supondría la privación del ahorro a las arcas públicas y su reinversión", proclamó Feijóo en rueda de prensa, en la que añadió que "se para o TSXG non se pode suspender o catálogo, non entendería que o Goberno de España nos denuncie por algo que non merece a pena ser suspendido".
En su intervención, Feijóo señaló que "ou se está polos xenéricos ou se está en contra", y proclamó que el Gobierno autonómico está "polos xenéricos e polos fármacos máis baratos". Asimismo, y en referencia a las informaciones de que Cataluña ahorrará en cirugía no urgente, el presidente de la Xunta defendió que, para ahorrar, "nós facemos o catálogo", mientras que "outras comunidades autónomas din que teñen que reducir a actividade cirúrxica".
RECURSO
La Federación de Farmacias de Galicia (Fefga) presentó su recurso ante el TSXG el pasado 20 de enero alegando que la Xunta invadía una competencia estatal y que el listado "infringe el principio de igualdad de todos los españoles", así como la libertad de prescripción de los médicos y la normativa comunitaria.
La asociación también había reclamado la suspensión cautelar de la aplicación del catálogo -ahora denegada- en tanto no se resolviese el proceso, asegurando que "debe prevalecer el efecto sobre la salud de los usuarios afectados por la sustitución de medicamento, irreversible, y no el criterio económico".
En el recurso presentado, apelan a la necesidad de "garantizar la cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud" y resaltan que el catálogo infringe el principio de igualdad ya que, por ejemplo, los gallegos que "están sujetos al Régimen General sólo podrán acceder a los principios activos del catálogo priorizado autonómico, mientras que los adscritos a Muface, Muxaxe e Isfas sí pueden acceder a todos los medicamentos del nomenclator nacional". Por otro lado, sostienen que el catálogo infringe la normativa comunitaria relativa a la transparencia de las medidas para fijar los precios de los medicamentos, además de rechazar que exista el ahorro pregonado por la Xunta.