El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación presentado por Ramón Iglesias González, el anciano condenado a 15 años de prisión por el asesinato de su exmujer en la localidad coruñesa de Coristanco. La defensa del condenado había solicitado su libre absolución o, en su defecto, una pena por un delito de homicidio, alegando que actuó en legítima defensa.
El hombre, de 78 años, fue declarado culpable por un jurado popular de matar a su exesposa, con la que convivía en la misma vivienda en Coristanco, a pesar de que llevaban muchos años divorciados y de que el marido la maltrataba y ya había cumplido una condena en Francia por abusos sexuales a cuatro de sus hijas.
La sentencia emitida hoy por el TSXG entiende que la versión del letrado recurrente --que alegó que el acusado había sido atacado inicialmente por la víctima-- es "pura conjetura, carente por completo de apoyatura fáctica", al igual que la pretendida ausencia de alevosía. Además, afirma que "mal puede sostenerse" una indebida aplicación del atenuante de arrabato u obcecación, ya que se hace depender también de "pura conjetura".
Por otro lado, el alto tribunal indica que la calificación de asesinato es "correcta, con independencia de que el jurado haya rechazado la existencia de ensañamiento". Eso a pesar de que el hombre asestó varios golpes a la víctima con un objeto metálico y, una vez muerta, le introdujo unas llaves en la boca.
Tampoco atiende el TSXG la petición de que se aplique el atenuante de arrepentimiento, ya que la versión que ofreció el acusado "tiende a la exculpación" y a "distorsionar o desfigurar la realidad", mediante la "ocultación de lo que pueda perjudicarle y la exposición de lo favorable, supuesta la inevitabilidad del descubrimiento de la autoría".