El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto-ley que regula
la 'tarifa plana' en las cotizaciones empresariales por
contingencias comunes para todos los nuevos contratos indefinidos, tal y como anunció el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el
Debate sobre el estado de la Nación.
Sin embargo, la
norma aprobada hoy incluye algunas novedades respecto a lo avanzado por el
presidente. Así, la 'tarifa plana' contará con tres tramos,
dependiendo de la duración de la jornada. Será de 100 euros al mes para
contrataciones a tiempo completo, de 75 euros cuando el trabajador cuente con un
empleo a tiempo parcial del 75% de la jornada completa, y de 50 euros para
contratos a media jornada. En el caso del empleo a tiempo parcial, esta
iniciativa no afectará a las cotizaciones de las horas extraordinarias y
complementarias.
Si un trabajador se fuera
voluntariamente de la empresa, deberá ser cubierto su puesto
La medida entrará en vigor para los contratos firmados desde el 25
de febrero de este año hasta el 31 de diciembre de 2014. No obstante,
fuentes del Ministerio de Empleo indicaron que podrá prorrogarse si a la vista
de los resultados se considera adecuado.
Mediante esta medida, vigente a partir del pasado martes,
cualquier empresa y autónomo que contrate a un trabajador de manera
indefinida pagará esa tarifa reducida en cotizaciones por contingencias
comunes durante los dos primeros años, siempre y cuando esta nueva contratación
se traduzca en creación de empleo neto, es decir, en un aumento de la plantilla,
y que se mantenga el nivel de empleo indefinido durante los tres años
siguientes.
De hecho, si un trabajador se fuera voluntariamente de la empresa
y en caso de fallecimiento o de jubilación, dicho puesto deberá ser
cubierto por otro empleado. Quedan excluidos de penalización los
cierres de empresa o los casos en los que ésta se vea inmersa en un proceso
concursal.
Para evitar un efecto escalón una vez transcurridos los dos primeros años
desde la firma del contrato, sujetos a esta reducción, las empresas de
menos de 10 trabajadores contarán con una reducción de cuotas del 50%
por contingencias comunes durante el tercer año.
REINTEGRO TOTAL O PARCIAL SI SE INCUMPLEN REQUISITOS.
En el caso de rescindir el contrato antes de tres años, las empresas
deberán reintegrar todos los beneficios aplicados, total o parcialmente. Así,
según ha explicado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en la
rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, si la empresa incumple
durante el primer año deberá reintegrar la totalidad de lo que se ahorrado con
la 'tarifa plana'; si incumple en el segundo año deberá devolver el 50%, y si el
incumplimiento se realiza en el tercer año, tendrá que reintegrar el 33%.
También ha precisado que para beneficiarse de la 'tarifa plana', la
empresa no puede haber realizado despidos colectivos ni individuales declarados
improcedentes seis meses antes de la celebración de los nuevos contratos.
No obstante, ha indicado que, para no perjudicar a las empresas que por causa
de la crisis hayan tenido que despedir a trabajadores antes de conocerse esta
medida, dicho periodo de seis meses no empezará a contar hasta el 25 de febrero
de este año. En definitiva, las empresas que hayan realizado despidos
improcedentes antes del 25 de febrero podrán beneficiarse de esta
medida.
La medida implicará un ahorro al empleador cercano al 75% en la cotización
por contingencias comunes. Para un sueldo bruto anual de 20.000 euros, esta
'tarifa plana' ahorrará a las empresas 3.520 euros anuales, es decir, unos 7.040
euros en dos años. Las empresas de menos de 10 trabajadores, a las que se les
aplicará una reducción del 50% en las cotizaciones durante el tercer año del
contrato, se ahorrarán en total unos 9.300 euros.
La 'tarifa plana' medida queda excluida en las administraciones
públicas, así como en los regímenes del Hogar y el Agrario, por contar
ya con cotizaciones ya más reducidas que en el Régimen General y cuenta además
con otras deducciones y bonificaciones. Asimismo, se encuentran en pleno régimen
transitorio.
También quedan excluidas la relaciones laborales de carácter
especial, como es el caso de artistas de espectáculos públicos,
deportistas profesionales o estibadores. Del mismo modo, esta medida no será de
aplicación en el caso de contratación de familiares, salvo en el caso de los
autónomos que contraten a familiares menores de 30 años.
SE PODRÁ APLICAR A CONVERSIONES SI SE CONTRATA A OTRO
TRABAJADOR.
En el apartado de requisitos, las empresas beneficiarias deberán
estar al corriente de sus pagos con Hacienda y la Seguridad Social, de
forma que con un sólo mes de impago supondría la devolución de las cuantías
ahorradas con su debido recargo y pago de intereses.
Asimismo, esta 'tarifa plana' será incompatible con otras
bonificaciones sobre el mismo contrato, y sólo se podrá aplicar a
conversiones de contratos temporales a indefinidos si ello va a aparejado de
otra contratación, indefinida o temporal, que suponga creación neta de
empleo.
Implicará un ahorro al empleador
cercano al 75%
Del mismo modo, no podrán acceder a esta ayuda los que hayan sido
excluidos al acceso a otro tipo de bonificaciones por infracciones graves o muy
graves contempladas por la legislación.
Esta medida no afectará a la protección social de los trabajadores, que se
estimará sobre la base de cotización que tenga el trabajador. Además, llevará
aparejadas exigencias de control por parte de la Inspección de Trabajo y de la
Tesorería de la Seguridad Social, según fuentes de Empleo.
El Ministerio cree que la 'tarifa plana' supondrá mayores ingresos para el
sistema al implicar empleo neto y, por tanto, un mayor nivel de cotizantes, que
además pagarán IRPF. Como aumentará el consumo, Báñez ha destacado que
también se incrementará la recaudación por IVA. En definitiva,
la ministra ha indicado que, del análisis que está realizando con el Ministerio
de Economía y Competitividad, se concluye que esta medida no tendrá un impacto
negativo en las arcas públicas.
"Son ventajas para el empresario, para los autónomos pero también
son garantías para el trabajador, porque seguirá percibiendo todas las
prestaciones sociales presentes y futuras con todas las garantías", ha subrayado
Báñez.