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José Manuel López García
Nacional

El CGPJ archiva el expediente que proponía suspender a Vázquez Taín

14-03-2014 08:22:17


La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido archivar el expediente que proponía aplicar un mes de suspensión de funciones al titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Santiago, José Antonio Vázquez Taín, por supuestamente haber tramitado indebidamente una recusación presentada contra él durante la instrucción por el robo del Códice Calixtino.

   Según han informado fuentes del CGPJ y del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la Comisión Disciplinaria del poder judicial archiva el expediente por entender que los hechos no son constitutivos de una falta muy grave de desatención, que era como los había calificado el magistrado instructor.

   El autor confeso del robo del Códice Calixtino, el exelectricista Manuel Fernández Castiñeiras, había interpuesto en octubre del año pasado una recusación contra el juez que instruyó el caso por la desaparición del manuscrito del siglo XII de la Catedral de Santiago de Compostela.

   El propio Vázquez Taín, que en la actualidad instruye el caso del crimen de la niña Asunta Basterra, resolvió que no procedía su recusación, tras pedir un informe a las partes personadas en la causa del Códice. El magistrado instructor había propuesto un mes de sanción para Vázquez Taín.

ROBO

   El robo del Códice Calixtino en la Catedral compostelana se produjo en julio de 2011 y un año después fue recuperado en un garaje propiedad de Fernández Castiñeiras en Milladoiro, población cercana a Santiago de Compostela.

   El autor confeso del robo estuvo en la prisión de Teixeiro desde julio de 2012 hasta el 30 de enero del año pasado, cuando quedó en libertad provisional a la espera de juicio.

   El pasado mes de abril, el fiscal Antonio Roma presentó su escrito definitivo de acusación, en el que solicita para el exelectricista 15 años de cárcel, mientras que la Iglesia, personada como acusación particular, elevó la petición de pena a 31 años.





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