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José Manuel López García
Nacional

Llega la ´ley mordaza´

30-06-2015 21:51:54

Impedir un desahucio, alterar gravemente el orden público en las proximidades del Congreso,escalar un monumento, acampar en la Castellana o okupar una entidad bancariaserán a partir del miércoles motivo de sanción,de 100 a 600.000 euros, con la entrada en vigor de la Ley de Seguridad Ciudadana.

Calificada como ley "mordaza" y cuestionada por toda la oposición y las organizaciones sociales, el texto que se aplicará a partir del 1 de julio culmina una andadura de año y medio desde que el Ministerio del Interior lo presentara a finales de noviembre como su proyecto estrella de la legislatura.

Y aunque ha sido suavizado en su tramitación parlamentaria, rebajando incluso la gravedad de algunas conductas que sanciona, la ley salió finalmente de las Cortes con el solo apoyo del PP, el anuncio de derogación si otros partidos llegan al poder y con un recurso ya presentado de inconstitucionalidad.

Pero también con uno de los aspectos más polémicos que la oposición tampoco logró frenar:la legalización de las llamadas devoluciones en caliente de inmigrantes a través de una disposición adicional que modifica la Ley de Extranjería.

A pesar del rechazo, Interior ha mantenido que la ley es más garantista que la norma que sustituye -la conocida como ley Corcuera o de la patada en la puerta-, que respeta plenamente la Constitución y deja menos margen a la discrecionalidad.

El departamento que dirige Jorge Fernández Díaz presume de que por primera vez se prohíben por ley las redadas policiales indiscriminadas o por razones étnicas, se regulan los cacheos y se fija en un plazo máximo de seis horas el traslado y estancia en comisaría para la identificación de personas solo en supuestos excepcionales y cuando no sea posible acreditar esta identificación por medios físicos o telemáticos.

¿Qué sanciona la ley? 44 conductas calificadas de muy graves (4) -prescriben a los dos años- graves (23) -caducan al año- y leves (17) -se extinguen a los seis meses-. Las dos primeras se modulan en grado máximo, medio y mínimo, y como norma general se impondrá la cuantía más pequeña. 


Infracciones y sanciones 

.- Manifestarse sin permiso: de 30.001 a 600.000 euros. Las reuniones o manifestaciones no comunicadas y las que tengan lugar en instalaciones en las que se presten servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones serán consideradas como infracciones muy graves "cuando se haya generado un riesgo para las personas o un perjuicio en dicho funcionamiento". En el caso de las reuniones y manifestaciones serán responsables los organizadores o promotores.

.- Punteros láser: de 30.001 a 600.000 euros. Será considerada como una falta muy grave la proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidente.

.- Protestas que "perturben" la seguridad ciudadana: de 601 a 30.000 euros. La ley perseguirá la perturbación de la seguridad ciudadana en "actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones a las que asistan numerosas personas", y también la que se produzcan con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y los parlamentos autonómicos, "aunque no estuvieran reunidos".

.- Negarse a identificarse: de 601 a 30.000 euros. La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones así como la negativa a identificarse a requerimiento de ellos será considerada también como una infracción grave.

.- No colaborar con los agentes: de 601 a 30.000 euros. La falta de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana pasará a ser una infracción muy grave.

.- Consumir o disponer de estupefacientes: de 601 a 30.000 euros. El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos.

.- Abandono de muebles o vehículos: de 601 a 30.000 euros. La obstaculización de la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos que ocasionen una perturbación grave de la seguridad ciudadana.

.- Botellón: de 100 a 600 euros. El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos "cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana" será calificado como falta leve.

.- Perder el DNI tres veces en tres años: de 100 a 600 euros. La "negligencia en la custodia y conservación" de la documentación personal legalmente exigida considerándose como tal la tercera y posteriores pérdidas o extravíos en un plazo de tres años, pasará a ser falta leve.

.- Maltrato animal: de 100 a 600 euros. También será considerada falta leve dejar sueltos o "en condiciones de causar daños" animales feroces o dañinos, así como maltratar cruelmente o abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida, o maltratar animales en espectáculos no autorizados legalmente. laopinion





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