Las solicitudes de aplazamiento de deudas tributarias de hasta 30.000 euros se seguirán admitiendo automáticamente sin necesidad de aportar garantías y se pagarán en un plazo máximo de 12 mensualidades en el caso de las personas físicas y de 6 mensualidades en el de las personas jurídicas.
Así constará en la instrucción de uso interno que ultima la Agencia Tributaria (AEAT) -según han explicado hoy fuentes de este organismo-, en la que se explica a los funcionarios cómo actuar tras el decreto ley del pasado 2 de diciembre que eliminó la posibilidad de aplazar deudas tributarias derivadas del Impuesto de Sociedades y el IVA, salvo que en este último caso se justifique que las cuotas repercutidas no han sido cobradas. EFE