El Tribunal Supremo ha afirmado que el conocido como "decreto 3+2", que permite a las universidades ofertar grados de tres años y máster de dos, no tiene carácter discriminatorio para los estudiantes ni tiene incidencia alguna sobre el sistema de becas para los universitarios.
El Alto Tribunal ha desestimado así -en una sentencia con fecha 23 de septiembre de 2016 pero conocida ahora- el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras contra el Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, que abre la puerta a que títulos universitarios de grado tengan 180 créditos. EFE