La desheredación consiste en privar al heredero forzoso de su derecho a la legítima. La desheredación únicamente puede llevarse a cabo por alguna de las causas previstas en la Ley, y son muy limitadas.
Desheredar a un heredero forzoso requiere de una serie de formalidades que veremos a continuación. El derecho a la legítima únicamente puede privarse en supuestos muy determinados que, en el caso de Galicia, aparecen establecidas en el Derecho Civil de Galicia. Como podemos ver, la desheredación ha de constar en el testamento del causante, debiéndose probar las causas por las que se deshereda al heredero.
Estas causas son las mencionada con anterioridad, y no puede realizarse una interpretación extensiva de las citadas causas, pues debemos ceñirnos al lo expuesto en la legislación. En Galicia no sólo debemos ceñirnos a las causas expuestas por el Derecho Civil de nuestra Comunidad Autónoma, sino también por las expuestas en el artículo 756 del Código Civil. Leer más
Mosquera&Vicente