Según Nietzsche, la responsabilidad es fundamental en nuestras decisiones libres, ya que lo que sucede es por nuestras decisiones. Se trata de asumir las consecuencias de nuestras acciones, en todo momento. Lo que plantea también la obligación de responder de ellas, como corresponda. La responsabilidad jurídica surge cuando se incumple una norma legal o ley. Supone hacerse cargo de las consecuencias de los actos o conductas realizadas. El derecho se refiere al conjunto de reglas y normas de obligado cumplimiento, que rigen la conducta humana en una sociedad. En la convivencia social, la regulación legal busca la armonía y la defensa o protección de los derechos de todos los ciudadanos o personas, sin ningún tipo de exclusión o favoritismo.
Se vive en una era digital en el siglo XXI, en el que la armonía social está lejos de ser un hecho, por causa de numerosos conflictos que, en muchos casos, van a los tribunales, porque la conciliación y los acuerdos prejudiciales, muchas veces saltan por los aires o no se consiguen, por el excesivo egoísmo y prepotencia existente en bastantes personas. Se podrá decir que esto ha ocurrido siempre a lo largo de las distintas épocas y es cierto, pero es lamentable que, con el desarrollo tecnológico y científico alcanzado, sigamos en una lucha sin cuartel, contra la injusticia existente en la realidad social actual. La justicia es la equidad e imparcialidad en la aplicación de las leyes. Esto implica que las decisiones judiciales tienen que ser justas y equitativas. Indudablemente, la justicia es la razón de ser del derecho, precisamente para garantizar los derechos de todos, ante la arbitrariedad y los delitos. Es evidente que la búsqueda constante de la paz social y de la justicia es básico, para el logro de una sociedad armoniosa. En este sentido, los tribunales desempeñan una labor extraordinaria, porque defienden a las personas perjudicadas, por todo tipo de delitos o prácticas ilegales Proporcionan un sistema neutral para que las personas presenten sus pruebas y argumentos, en la defensa de sus derechos reconocidos en el ordenamiento legal vigente. La función de los tribunales y jueces es interpretar la legislación y tomar decisiones basadas en ella. Las leyes tienen que cumplirse y los derechos de las personas son protegidos por los jueces, como es lógico. Resuelven disputas o conflictos de manera ordenada y transparente, según derecho. Un gran filósofo como es Locke escribe en relación con la libertad y la paz social lo siguiente: “La felicidad en esta vida consiste en la paz, la concordia, la buena voluntad y la libertad mutua que todos los miembros de la sociedad disfrutan”. Para este filósofo, que creó el empirismo moderno, la libertad es un componente esencial de la felicidad humana.
Desde la perspectiva filosófica de Locke el liberalismo político se oponía al absolutismo de su época. En pleno siglo XVII el derecho a la vida, la libertad y la propiedad eran irrenunciables y debían estar protegidos por el gobierno democrático. Como escribe este filósofo “Ser libre es no estar sujeto a la voluntad arbitraria de otro”. En los planteamientos de Mill, en el siglo XIX, es absolutamente necesario que la justicia para ser tal debe garantizar una distribución equitativa de la felicidad. Además, apoyó de forma decidida y firme, el derecho al voto de las mujeres en la Inglaterra victoriana en la que vivió. En su libro Sobre la libertad de 1859 escribe Mill “La sociedad debe permitir a todos los individuos la libertad de buscar la felicidad a través de metas personales, y tal derecho debe ser protegido con leyes por el gobierno”. En efecto, es algo incuestionable y que está en conexión directa con las legislaciones actuales y con los Derechos Humanos.
El utilitarismo de Mill es un precedente de formas de entender la vida humana, como algo digno de ser disfrutado por cada ser humano, independientemente de las creencias de cada sujeto libre. Frente al materialismo consumista y laico que predomina actualmente, parece que como escribió Mill es “Mejor ser Sócrates insatisfecho que un necio satisfecho”. En este orden de cosas, Bentham consideraba solamente la intensidad y duración de los placeres y su cantidad y Mill la calidad del placer. Para Mill existen placeres superiores que son los intelectuales y culturales y los simplemente físicos o sensuales que son, a su juicio, inferiores. Una actitud ecléctica puede ser lo más apropiado, ya que una combinación de ambos tipos de placeres es lo más adecuado. Incluso Epicuro hace unos 2.300 años en Grecia insistía en su hedonismo en la moderación en la existencia, para vivir de modo más pleno y armonioso y ser más feliz, en la medida de lo posible. La tranquilidad de la mente, serenidad o ataraxia no debe impedir que las personas defiendan sus derechos ante los demás en los tribunales, si es preciso. Aunque es evidente que hay países como Estados Unidos, en los que se producen cada año numerosos pleitos, pero, si están justificados, es lo que tiene que ser. Ver video
José Manuel López García