La justicia vuelve a avalar una vez más a
la Xunta de Galicia en la defensa de su regulación de las viviendas de
uso turístico. El Tribunal Supremo da la razón al Gobierno gallego y
anula la sentencia emitida el pasado mes de octubre, en la que
invalidaba uno de los aspectos de la norma gallega para este tipo de
alojamientos.
El Ejecutivo autonómico presentó en noviembre un
incidente de nulidad después de entender que se vulneró su derecho a la
tutela judicial efectiva, dado que la sentencia pretendía anular un
artículo del decreto 12/2017 que ya estaba contenido previamente en la
ley 7/2011. Ahora el Alto Tribunal atiende las reclamaciones formuladas
desde Galicia y anula el fallo emitido. Al mismo tiempo, desestima los
alegatos presentados por parte de la Abogacía del Estado.
Esta
decisión supone el respaldo a lo defendido por la Xunta en las últimas
semanas y da plena vigencia a nuestra normativa sobre el alquiler
turístico. En base a esto, tanto las viviendas turísticas como las
viviendas de uso turístico deben siempre comercializarse por la
totalidad de la vivienda y no por estancias, como reclama la Comisión
Nacional de los Marcados y de la Competencia (CNMC), que viene
presentando distintos recursos frente a la normativa gallega.
La
Xunta saluda esta decisión que avala una normativa razonable a través de
la cual se está regulando con eficacia un fenómeno global como el de
las viviendas de uso turístico. Precisamente con el fin de seguir
mejorando su ordenación, el Ejecutivo acaba de introducir mejoras en la
transparencia y publicidad de estas viviendas al tiempo que
intensificará su labor de inspección, garantizando la seguridad y un
marco de convivencia e impidiendo el intrusismo.