EFE | El
Pleno del Tribunal Constitucional no tiene previsto suspender las
condenas de los líderes independentistas catalanes mientras los
magistrados resuelven sus recursos de amparo contra la sentencia del
Tribunal Supremo.
Se trata de uno de los asuntos que el tribunal de garantías abordará en
el pleno que arranca mañana y que previsiblemente avalará las
devoluciones en caliente de inmigrantes cuando se cumplan dos
requisitos, estos son que se ejecuten tras entradas masivas y con
violencia, según informan a Efe fuentes jurídicas. Pero antes de revisar este asunto, que podrá ir el
miércoles o ya el jueves, el tribunal de garantías resolverá dos
cuestiones planteadas por los líderes independentistas catalanes.
En primer lugar, los magistrados no accederán previsiblemente a la
petición de suspender la ejecución de sus condenas en tanto en cuanto se
estudian sus recursos contra la sentencia, como así habían reclamado
los nueve condenados por sedición. Según las fuentes, existe una doctrina consolidada del
propio Tribunal Constitucional que dice que solo se suspenden
temporalmente las condenas cuando las penas de prisión son inferiores a
cinco años, lo que no es el caso, porque los líderes del procés cumplen
entre 9 y 13 años, de manera que hay "pocas posibilidades" de que
prospere porque es "un asunto con una postura clara".
Ahora bien, sobre la mesa quedarán excluidas las peticiones del líder
de ERC y exvicepresiente del Govern, Oriol Junqueras, de la expresidenta
del Parlament Carme Forcadell, y del exconseller Raul Romeva, que se
dejarán para más adelante ya que antes urge resolver las recusaciones
que plantearon contra todos los magistrados. De hecho, será uno de los primeros asuntos en el orden
del día y del que no constan opiniones discordantes entre sus miembros
toda vez que la propia jurisprudencia de la sala establece que las
recusaciones masivas del tribunal son inadmisibles, porque de ser así no
habría quien pudiera resolver los amparos contra la sentencia del
Supremo, ya que los magistrados no tienen sustitutos.
El Constitucional puede admitir las recusaciones individualizadas pero
siempre que se han planteado en conjunto las has rechazado, por lo que
nada apunta a que los magistrados opten por lo contrario. Al margen de Cataluña, esta semana volverá a debate en
el tribunal la sentencia que debe dar respuesta a los recursos contra la
Ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy,
conocida como "ley mordaza", que fueron presentados por la mayoría de
grupos que entonces formaban la oposición.
El TC
comenzó a abordar el asunto hace meses, antes de que se decretase el
estado de alarma, pero entre medias se hizo pública la sentencia del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que avaló las devoluciones
en caliente en el caso de dos inmigrantes subsaharianos y que enmendaba
la posición anterior de Estrasburgo. La corte europea condenó en octubre de 2017 a España,
pero el pasado febrero rectificó su posición tras fallar a favor de
nuestro país en el caso de dos inmigrantes de Mali y Costa de Marfil que
fueron expulsados a Marruecos tras entrar ilegalmente en Melilla en
agosto de 2014.
Dijo la Gran Sala que ambos
"decidieron no utilizar las entradas legales existentes que les
permitieran acceder de modo regular al territorio español" y que "se
pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad", al acceder "a
lugares no autorizados, en un grupo numeroso, aprovechando el efecto
masivo y recurriendo a la fuerza". Ahora, el ponente,
el progresista Fernando Valdés, vuelve a someterla al debate de los
magistrados una vez que ha adaptado la sentencia al fallo de Estrasburgo
para "seguir la misma línea". De esta forma, el Constitucional se acoge a esta doctrina y respaldará
las devoluciones en caliente pero siempre y cuando se den dos
condiciones: que la entrada haya sido masiva y con violencia.