EFE | La pandemia del COVID-19 ha extendido el uso del teletrabajo en un país
donde apenas estaba implantado y donde hará falta, además de la
regulación que prepara el Gobierno, un cambio de cultura laboral y
organización empresarial para poder desarrollarse con éxito.
En abril de este año, y según la encuesta realizada por Eurofond, un
30,2 % de las personas empleadas en España aseguraba haber comenzado a
teletrabajar a raíz de la situación creada por la pandemia. El dato contrasta con el 4,9 % de los asalariados que, según datos de la
Encuesta de Población Activa (EPA), afirmaban hacerlo habitualmente al
cierre de 2019, una porcentaje inferior a la media europa y que, además,
evolucionaba de forma muy lenta hasta la llegada de esta crisis.
"Lo que hemos hecho ha sido algo de emergencia: se ha mandado a la gente
a trabajar en su casa sin más cambios en la cultura de las
organizaciones y así no se ve todo el potencial que tiene el
teletrabajo", resume a Efe la profesora de Economía y Empresa de la UOC
Eva Rimbau.
Para Rimbau esta situación ha contribuido a cambiar la mentalidad en
muchas empresas sobre el teletrabajo, ha creado un "caldo de cultivo"
adecuado para su desarrollo, pero, advierte, no significa que estemos
preparados para implantarlo con éxito. Se necesita, expone, además de una regulación que proteja al trabajador y
fije unos mínimos, planes y cambios de cultura empresarial: en la forma
de comunicar, de organizar el trabajo e, incluso, de diseñar los
espacios en las oficinas.
Respecto a la regulación, el Gobierno quiere establecer los mecanismos
para desligar el teletrabajo de la vida personal y familiar, fomentando
además la corresponsabilidad para que no termine siendo un elemento de
perpetuación de roles de cuidado. Por ello, ha sometido a consulta pública y negociará con los agentes
sociales un texto del que nacerá un proyecto de ley que buscará regular
temas como la adecuada protección frente a los riesgos laborales
(particularmente los riesgos psicosociales) y el cumplimiento de los
horarios de trabajo y de descanso.
También asegurará que las personas con trabajos a distancia son
adecuadamente retribuidas por el tiempo que trabajan y compensadas por
todos los gastos directos e indirectos que les supone el trabajo a
distancia. Uno de los puntos que es importante abordar en la norma que prepara el
Gobierno es el derecho a la desconexión digital, considera la presidenta
del sindicato de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Ana
Ercoreca, algo que se topa en el teletrabajo con la inviolabilidad del
domicilio.
Ello impide, por ejemplo, revisar el mobiliario, explica Ercoreca, quien
sí ve soluciones sin embargo para controlar la jornada, como remitir
vía correo electrónico el registro horario o añadir un anexo al acuerdo
de teletrabajo, en el que se indique inicio y fin de la jornada,
haciendo así efectiva la desconexión digital.
Actualmente el teletrabajo en España se regula a través del artículo 13
del Estatuto de los Trabajadores, que lo define como "aquel en que la
prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en
el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por este,
de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo
de la empresa". Ese artículo recoge algunos principios básicos más como que estos
trabajadores tendrán los mismos derechos que los demás, pero sin
detallar otros aspectos clave para el desarrollo de esta modalidad.
En cuanto a su presencia en convenios también es escasa: según los datos
del Ministerio de Trabajo, sólo 47 de los 1.130 convenios colectivos
suscritos en 2019 recogía condiciones para teletrabajar, y apenas
afectaron a 200.000 trabajadores de los 2,4 millones amparados por ellos
ese año.
"Hay muy pocos acuerdos de referencia", reconoce Rimbau, quien cree que
la nueva normativa que prepare el Gobierno debe buscar la protección del
trabajador pero sin crear un marco rígido que pueda acabar con el
potencial y muchas de las ventajas que puede traer el teletrabajo y
acompañado siempre de ese necesario cambio en la cultura empresarial.