El Diario Oficial de Galicia publica hoy el modelo normalizado
para que las empresas que se encuentran en un expediente de regulación
de empleo temporal (ERTE), con origen en la covid-19, y dependan de las
actividades protegidas por el último Real decreto ley del Gobierno de
medidas sociales en defensa del empleo, soliciten su reconocimiento como
integrantes o dependientes de su cadena de valor. Las entidades deben
cursar su petición por medios electrónicos antes del 19 de octubre . De
ser reconocidas, podrán beneficiarse de exoneraciones en las cuotas del
85% -en el caso de contar con menos de 50 trabajadores- y de hasta el
75% para las de mayor tamaño.
Este modelo de solicitud ya está
disponible para que las firmas con ERTE, que dependan de las empresas
que operen en alguno de los 42 sectores protegidos por las últimas
medidas del Gobierno -por su elevada tasa de cobertura y con una
reducida tasa de recuperación de actividad a causa de la pandemia-
puedan acreditar su vinculación o integración en la cadena de valor. Se
trata de sectores que acusan con mayor virulencia los efectos de la
covid-19, tales como el hotelero, turístico, editorial, transportes,
espectáculos, artes gráficas, lavandería o recreativo, entre otros.
En
caso de que se reconozca la pertenencia o dependencia de la cadena de
valor, lo que compete a la autoridad laboral gallega, estas empresas con
un negocio dependiente mayoritariamente de ellas, podrán acceder a las
exoneraciones mensuales en las cuotas de un 85% si cuentan con menos de
50 trabajadores, o del 75% si son de mayor magnitud. Las exenciones,
según las últimas medidas, se aplican tanto a los empleados en ERTE como
las que lo abandonan.
Pueden realizar la solicitud todas aquellas
empresas con expedientes de regulación temporal de empleo a causa de la
pandemia que estén prorrogados automáticamente hasta el 31 de enero de
2021. A efectos de la norma, se consideran integrantes de la
cadena valor o dependientes indirectas de ellas, las firmas cuya
facturación en 2019 llegara en un 50% de operaciones realizadas de forma
directa con algunas de las actividades reconocidas para las prórrogas
de los ERTE hasta enero, así como aquellas con una actividad real
dependiente de manera indirecta.