España exigirá a partir del próximo 23 de noviembre a los viajeros
internacionales procedentes de países de riesgo y cuyo destino final sea
un aeropuerto o puerto de nuestro país, independientemente de su
nacionalidad o de dónde provengan, una PCR negativa realizada 72 horas
antes para poder entrar.
Las agencias de viaje, operadores turísticos y las compañías de
transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice
billetes deberán informar a partir de ahora a los pasajeros de esta
nueva exigencia, recogida en una resolución que se publicará mañana en
el Boletín Oficial del Estado, ha informado el Ministerio de Sanidad
este miércoles. El Formulario de Control Sanitario, que todos los viajeros deben
cumplimentar antes de su entrada a España, recogerá una pregunta sobre
si se dispone de la PCR; la acreditación de su realización se podrá
exigir en cualquier momento, para lo que será necesario aportar el
documento original en formato papel o electrónico y redactado en español
o inglés.
Cuando el formulario no se haya podido cumplimentar de forma telemática
mediante el código QR o a través de la web www.spth.gob.es o de la
aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel
antes del embarque, en cuyo caso se deberá adjuntar el documento
acreditativo original. La nueva medida cumple la recomendación europea del pasado 13 de octubre
que aconsejaba a los Estados miembros basar sus restricciones a los
viajes dentro de la UE en función de la situación epidemiológica,
estableciendo un código de colores por zonas, con el fin de evitar "la
fragmentación y la disrupción y aumentar la transparencia y la
previsibilidad para los ciudadanos y las empresas".
En base a esa recomendación, los Estados deben aportar una serie de
datos al Centro Europeo para el Control y la Prevención de Enfermedades
(ECDC, por sus siglas en inglés), que actualiza semanalmente un mapa
europeo del coronavirus según la incidencia por regiones. Así, para designar el riesgo en el caso de los países de la UE y
asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados
en la recomendación para designar las zonas o países de riesgo en
cuestión, a los que se exigirá la PCR.
Y en países terceros, la referencia básica será la incidencia acumulada a
catorce días junto con las capacidades implantadas según se contempla
en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información
facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de
Enfermedades (ECDC). Esta medida se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo
actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de
entrada, como son los controles visuales y de temperatura. EFE