EFE | El
Tribunal Supremo estudiará este jueves los recursos de la Fiscalía
contra el régimen de tercer grado concedido a los nueve condenados a
prisión por el "procés", del que sólo disfrutan la expresidenta del
Parlament Carme Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa al tenerlo el
resto suspendido.
Fuentes jurídicas han confirmado que la Sala de lo Penal ha fijado para
el próximo 26 de noviembre, a las 10:00 horas, la deliberación y
resolución de los recursos que interpuso la Fiscalía contra el tercer
grado y contra la aplicación del artículo 100.2 del reglamento
penitenciario que se concedió a los presos antes de otorgarles el
régimen de semilibertad.
Aunque los nueve líderes independentistas condenados a penas de
cárcel tienen avalado por el juzgado de vigilancia penitenciaria el
tercer grado que la Generalitat les otorgó a mediados de julio, los
siete que se encuentran en la cárcel de Lledoners lo tienen suspendido, a
la espera de que el Supremo resuelva el recurso del fiscal.
Son el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los
exconsellers Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull, el
expresidente de ANC Jordi Sànchez y el líder de Òmnium Cultural, Jordi
Cuixart.
No así Forcadell y Bassa, a quien el juzgado de vigilancia
penitenciaria del que dependen ambas -internas en Puig de les Basses y
Wad Ras- declinó, en contra del criterio del fiscal, suspender el
régimen de semilibertad del que las presas siguen disfrutando y que sólo
les obliga a volver al recinto penitenciario a dormir, de lunes a
jueves. La Fiscalía también recurrió esta decisión al Supremo.
Los recursos del ministerio fiscal no serán los únicos que
estudien los magistrados que juzgaron esta causa -a excepción de Luciano
Varela, ya jubilado-, sino que encima de su mesa también están los que
los presos de Lledoners interpusieron contra la suspensión de su régimen
de semilibertad.
Desde que se les suspendió el tercer grado, Junqueras y los
otros seis reclusos tienen sus salidas limitadas y tampoco gozan del
régimen flexible del que disfrutaban en segundo grado gracias al
artículo 100.2, que les permitía salir para trabajar, cuidar familiares y
hacer voluntariado, y que la Fiscalía también recurrió.
De hecho, varios presentaron un escrito en el que apremiaban al
tribunal resolver ya los recursos sobre su clasificación, alegando que
se encuentran en una "suerte de limbo penitenciario".
Sobre este artículo 100.2 ya se ha pronunciado el Supremo en
relación a Forcadell en un duro auto donde revocaba las salidas
concedidas antes de disfrutar de su tercer grado y en el que tachaba de
"injustificable" ese régimen de semilibertad "de facto" que se le
concedió antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la pena.
La Fiscalía siempre ha recurrido estas salidas ante las respectivas
audiencias provinciales, si bien un juez de Lleida, competente sobre la
cárcel de Mas d'Enric de Tarragona en la que se encontraba entonces
Forcadell, decidió remitir el recurso relativo a la expresidenta del
Parlament al Supremo, quien se declaraba también competente, como
tribunal sentenciador, para resolver sobre los 100.2 otorgados.