EFE | La
Audiencia Nacional ha impuesto penas de hasta 15 años y 5 meses de
cárcel a los principales responsables de la trama Gürtel por la visita
del papa Benedicto XVI a Valencia en 2006 en una sentencia donde rechaza
deducir testimonio contra el expresidente valenciano Francisco Camps,
como solicitó la Fiscalía.
En su resolución, de 556 páginas y a la que ha tenido acceso EFE este
miércoles, el tribunal fija la mayor condena (15 años y 5 meses) para el
exdirigente del PP gallego Pablo Crespo. Al líder de la red, Francisco
Correa, le impone 13 años y 7 meses de prisión; y a Álvaro Pérez, el
Bigotes, 6 años y 9 meses. Los tres estaban ya condenados por otras
piezas del caso.
También condena a 6 años y 9 meses al exdirector de la
Radiotelevisión Valenciana (RTVV) Pedro García Gimeno, y a 11 y 7 meses
al vicepresidente de la empresa Teconsa José Luis Martínez Parra, en una
sentencia en la que impone penas de prisión a 19 de los 23 acusados. Al
exdirector de Repsol y asesor de la red Ramón Blanco Balín le impone,
por su parte, 1 año y medio de prisión.
Dos de las procesadas han sido absueltas tras retirar la
Fiscalía la acusación contra ellas, mientras que otros dos fallecieron:
el expresidente de las Cortes Valencianas y ex director general de la
Policía Juan Cotino; y Luis Sabater, exdirectivo de RTVV.
La Fiscalía pidió que se ordenase investigar a Camps y a otros
testigos por falso testimonio al considerar que faltaron a la verdad en
sus declaraciones, pero el tribunal rechaza su petición, que considera
genérica, y recuerda que el expresident está imputado en otra causa por
adjudicaciones de la Generalitat, de modo que tenía derecho a no
declarar sobre lo que le pudiese afectar a su defensa.
En cualquier caso, afirma que su testimonio no tuvo "relevancia alguna" en esta causa.
La Audiencia Nacional ha juzgado en esta rama del caso Gürtel la
adjudicación ilegal al grupo de Correa del contrato de suministro de
pantallas, sonido y megafonía para la visita del papa Benedicto XVI a
Valencia para el V Encuentro de la Familia, en julio de 2006.
Tras el juicio, considera probado la comisión de múltiples
delitos como prevaricación, malversación, fraude, cohecho y blanqueo,
entre otro, y aplica varios atenuantes (dilaciones indebidas y
reparación del daño y confesión) a petición de la Fiscalía que rebajan
las penas solicitadas.
De los 22 acusados, 11 de ellos reconocieron esencialmente los
hechos y los 12 restantes los negaron; Pablo Crespo, por su parte, se
negó a declarar.
Aunque la Sala condena a la Fundación V Encuentro Mundial de la
Familia como partícipe a título lucrativo, ya no existe obligación de
pago porque este ente y RTVV están extinguidos y porque la Generalitat
valenciana asumió sus deudas. Tras valorar las pruebas, el tribunal concluye que el director
general de la RTVV adjudicó directamente a Teconsa, empresa interpuesta
por el grupo Correa, un contrato de suministro de pantallas, sonido y
megafonía con finalidad de enriquecimiento ilícito por el sobrecoste de
3,2 millones de euros pagado.
El contrato se firmó por un precio excesivo, con la colaboración
de los empleados públicos de RTVV, y se dotó de apariencia de
ilegalidad; después, el dinero que cobró Teconsa se canalizó hacia los
distintos beneficiarios a través de un entramado de facturas ficticias e
irregulares.
La Sala considera que los acusados participaron en una ficción
al servicio del fraude y sostiene que Correa, Crespo, Pérez Alonso y
García Gimeno se concertaron para que se contratase a Teconsa y
consiguieron que la Fundación, que organizaba el encuentro, firmara un
convenio con RTVV por el que le cargaron el coste de una contratación
que no le correspondía.
Esta contratación fue, a juicio de la Sala, claramente ilegal
dado que primero se acordó la adjudicación y después se confeccionó el
expediente de contratación, y se hizo por un importe de 7,4 millones con
IVA, muy superior al coste de los trabajos necesarios, que el tribunal
estima en 3,2 millones de euros, según las pruebas aportadas en el
juicio.