EFE | Todas
las empresas deberán tener elaborado un registro de los sueldos de sus
trabajadores a partir del próximo miércoles, día en el que
entra en vigor esta medida dirigida a cerrar la brecha salarial entre
hombres y mujeres que ronda el 22 %. La medida afecta a casi 1,5 millones de empresas, que son las que tienen
asalariados, de acuerdo con el Directorio Central de Empresas (DIRCE) a
1 de enero de 2020 del Instituto Nacional de Estadística (INE), aunque
alrededor de 900.000 tienen solo 1 ó 2 empleados.
Dadas las dificultades que han tenido algunas empresas en la
elaboración de estos registros, sobre todo las más pequeñas, el Gobierno
ha creado una herramienta que se presentará esta semana y será
voluntaria y gratuita, según han confirmado a EFE fuentes del Ministerio
de Trabajo. Esta herramienta, consensuada entre los Ministerios de Trabajo e
Igualdad y los agentes sociales, permitirá hacer "sencilla, inteligible e
intuitiva" la elaboración de esos registros salariales, con criterios
más concretos sobre cómo se totaliza, ha explicado a EFE la directora de
Empleo de la CEOE, Rosa Santos.
El registro debe arrojar los valores medios de los salarios,
complementos salariales y percepciones extrasalariales de la plantilla,
desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales,
categorías profesionales o puestos de trabajo según la jornada u hora
trabajada. Cada empresa deberá hacer constar en su registro, también por sexo,
la media aritmética y mediana de lo realmente percibido por cada uno de
estos conceptos en cada grupo profesional, categoría, nivel, puesto o
cualquier otro sistema de clasificación aplicable.
Cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores, el promedio de
las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del
otro en un 25 % o más, el empresario deberá justificar que el motivo
responde a causas objetivas y no supone una discriminación de género. Para la vicesecretaria general de UGT, Cristina Antoñanzas, esta tasa
del 25 % que evidencia una discriminación salarial "es muy elevada" y,
pese a ello, considera que los registros "van a poner sobre la mesa que
en muchas empresas hay desigualdad".
Y es que los trabajadores tendrán derecho a acceder, a través de su
representación legal en la empresa, al registro salarial, deja claro en
declaraciones a EFE la secretaria de Acción Sindical de CCOO, Mari Cruz
Vicente, quien recuerda que "si la empresa lo niega habrá que recurrir a
la Inspección", así como si éste "no se ajusta a la legalidad". Tal y como aseguró la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, al aprobarse
el reglamento, el registro retributivo será la herramienta que
permitirá a los trabajadores denunciar la desigualdad salarial, lo que
puede conllevar multas de la Inspección de Trabajo de hasta 187.000
euros para las empresas infractoras.
Esta es una de las herramientas creadas para asegurar la igualdad
retributiva de hombres y mujeres, a la que se suman las auditorias
salariales, que ya están obligadas a realizar las empresas de más de 100
trabajadores, mientras que las de 50 a 99 lo estarán a partir del 1 de
marzo de 2022. Estas auditorías deberán incluirse en los planes de igualdad, que
también deben tener ya las empresas de más de 100 trabajadores, y a
inscribirlos en un registro.
Según los datos de convenios colectivos que proporciona el Ministerio
de Trabajo, en 2020 se firmaron 145 acuerdos de empresa que incluían un
plan de igualdad, el 34,2 % de los suscritos el pasado año, que afectan
a 77.281 trabajadores. En total, el Registro y Depósito de Convenios Colectivos cuenta con
2.805 planes de igualdad registrados en la actualidad, ya sean con
acuerdo o sin acuerdo con la representación de los trabajadores
afectados.