EFE | El
Tribunal Constitucional afirma en la sentencia en la que anula el
confinamiento decretado en marzo de 2020 que el estado de alarma debe
estar "estrictamente acotado en el tiempo y sometido a constante
fiscalización y control", uno de los argumentos que podrá influir en su
decisión sobre el segundo estado de alarma.
A lo largo de 81 páginas de sentencia, adoptada por una exigua mayoría
de seis a cinco, el tribunal de garantías interpreta el alcance del
estado de alarma y concluye que no fue herramienta jurídica suficiente
para sostener el confinamiento impuesto por el Gobierno el 14 de marzo
de 2020 para combatir la pandemia.
Además de la restricción de derechos de "altísima intensidad"
que, en opinión de la mayoría, justificaba un estado de excepción, en su
sentencia el TC afirma que la Constitución contempla con "rigor" tanto
"la instauración inicial como el ulterior mantenimiento (previa
autorización de la representación política de la ciudadanía)" del estado
de alarma, "estrictamente acotado en el tiempo y sometido a constante
fiscalización y control".
Un argumento que, según interpretan fuentes jurídicas consultadas por Efe, puede ser también determinante a la hora de abordar el recurso de Vox contra el segundo estado de alarma,
decretado en octubre de 2020 y avalado por el Congreso, y que, en esa
ocasión, tuvo una duración de seis meses sin estar sometido a periódicas
autorizaciones parlamentarias. El magistrado en el que ha recaído la ponencia sobre el segundo estado
de alarma, que se debatirá previsiblemente en septiembre, es Antonio
Narváez, enmarcado en el sector conservador del tribunal y quien ha
votado a favor de declarar inconstitucionales varios preceptos del real
decreto del 14 de marzo de 2020.
Además de la extensión por seis meses del segundo estado de alarma instaurado en el Real Decreto 926/2020, el TC también debatirá sobre otros argumentos contrarios a su constitucionalidad como la delegación de su ejecución a los presidentes de las Comunidades Autónomas, informan las fuentes.
Por contra, otros magistrados defenderán que la ley no fija la
duración de las prórrogas, sino que es un asunto que debe aprobar el
Congreso de los Diputados y que, en ese caso, lo hizo por un periodo de
seis meses; recordarán el estado de alarma de un mes en la huelga de
controladores aéreos en 2010 y las semejanzas con otros países del
entorno, que aprobaron también estados de emergencia por períodos de
seis meses.