A CORUÑA | El
Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña ha autorizado la extinción
de la totalidad de los contratos de trabajo vigentes entre Alu Ibérica y
sus trabajadores, en las condiciones que han sido acordadas entre la
administración concursal y los empleados. La extinción tendrá efectos
desde el día 10 de mayo de 2022, salvo para aquellos trabajadores que la
administración concursal precise para realizar
las labores de liquidación, en los que la extinción efectiva de sus
contratos se demorará hasta el momento en que la administración
concursal lo determine.
Además,
el juzgado ha fijado, para quienes tengan derecho a su percibo, una
indemnización consistente en 20 días de salario por año de servicio,
prorrateándose
por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, con un máximo de
12 mensualidades. El crédito indemnizatorio para los trabajadores cuyos
contratos de trabajo se extinguen, se acreditará como crédito contra la
masa del concurso.
En
el auto, la jueza explica que el “requisito objetivo” para autorizar la
extinción de los contratos de trabajo es que esté fundada “en causas
económicas, técnicas,
organizativas o de producción”, algo que entiende que resulta
“patente”, a la vista de “la declaración de concurso, basada en la
insolvencia del deudor, y la aceptada por todas las partes ausencia
absoluta de carga de trabajo”. Además, subraya que la medida
“en modo alguno tiene su causa o amparo en virtud de resoluciones
legales o administrativas con encaje en las adoptadas por las
autoridades gubernamentales derivadas de los efectos de la COVID-19”.
La
magistrada también descarta la concurrencia “de fraude, dolo, coacción o
abuso de derecho”, al tiempo que indica que los representantes de los
trabajadores y
la administración concursal han alcanzado un acuerdo “sin que existan
elementos para suponer la concurrencia de alguno de los vicios que
pudieran invalidar sus términos”. Contra el auto cabe presentar recurso. Departamento de comunicación