El Confidencial
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José Manuel López García
Ernesto González Valdés

Traballo inicia un plan de choque para frenar la siniestralidad laboral

Se paralizarán las obras de construcción en las que se detecte un riesgo para los trabajadores

31-03-2008

La Consellería de Traballo impulsa un plan "contundente" de inspecciones para frenar la sinistralidad en las pequeñas y medianas empresas de construcción. Inspección de Trabajo paralizará todas aquellas obras en las que se detecte un riesgo grave e inminente para la seguridad de los trabajadores. La actuación inspectora especial se llevará a cabo a lo largo de un mes. Comenzó el pasado lunes, 24 de marzo. En total, 26 inspectores visitan las obras de construcción de pequeñas y medianas empresas de las cuatro provincias gallegas, con la finalidad de garantizar que se cumplan las medidas legales y de aplicar la normativa sancionadora vigente. Traballo impulsa esta iniciativa ante "o alto índice de sinistralidade que se rexistra no sector, e en particular o número de accidentes mortais, xa que tanto en 2007 coma en 2006 rexistráronse un total de 24 accidentes con resultado de morte". En 2007 hubo 15 muertes en empresas con menos de 50 trabajadores, ocho en centros de trabajo de entre 51 y 250 personas y 1 en las empresas con más de 250 trabajadores. En el caso del año 2006, 19 siniestros mortales tuvieron lugar en empresas con menos de 50 trabajadores, 2 en las entidades con cuadros de personal de entre 51 y 250 trabajadores y 3 en las empresas con más de 250 empleados. Una de las causas más habituales de los siniestros mortales registrados en este sector de actividad es la caída de altura. De los 24 accidentes mortales registrados en la construcción en el pasado año, 8 sucedieron por caída de altura. Otras causas habituales de los accidentes mortales en la construcción son los aplastamientos por maquinaria. El sector de la construcción registró el pasado año un total de 13.317 siniestros, de los cuales un 0,18% fueron mortales (24 siniestros), un 1,9% tuvieron consideración de grave y, por último, un 97,8% fueron leves. Sanciones El decreto sobre la distribución de competencias entre los órganos de la Administración autonómica gallega para la imposición de sanciones en materia laboral, de prevención de riesgos y por obstrucción de la labor inspectora establece la suspensión de la actividad por parte de la Consellería de Traballo en los supuestos de reincidencia por parte de una empresa de trabajo temporal en el caso de las infracciones muy graves. Además, según informa Traballo, "este decreto tamén establece que cando concorran circunstancias de especial gravidade nas infraccións en materia de seguridade e saúde no traballo, o Consello da Xunta poderá acordar a suspensión das actividades laborais por un tempo determinado ou o peche do centro de traballo".





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