El Confidencial
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José Manuel López García
Ernesto González Valdés

El cambio de denominación del Juan Canalejo se hace oficial este jueves

El Consello abordará la presentación de un recurso de incompetencia contra el Instituto de la Mujer

16-07-2008

El Consello de la Xunta tiene previsto aprobar mañana el Decreto para la denominación del Complexo Hospitalario Universitario A Coruña, que hasta ahora se llamaba Hospital Juan Canalejo. De esta manera, se da cumplimiento a la Ley de la Memoria Histórica, al eliminar el nombre del que fue jefe de la Falange en Galicia, procedente de la época franquista. Este cambio de nombre del hospital coruñés no supondrá ningún gasto añadido para las arcas públicas, ya que se iniciará por la modificación del logotipo a nivel informático y, en lo que respecta a la papelería, habrá un período de convivencia hasta que se tenga que encargar la nueva con la denominación cambiada. Conflicto de competencias El Consello da Xunta tratará también, a propuesta de la Vicepresidencia, la presentación al Gobierno central de un recurso de incompetencia, contra una resolución de ayudas del Instituto de la Mujer, que depende del Ministerio de Igualdad, porque podría invadir competencias que son exclusivas de la comunidad autónoma. Por ello, la Xunta de Galicia requerirá al Gobierno para que proceda a anular o derrogar esta resolución. La resolución susceptible de recurso es una del 29 de abril de 2008, que convoca las subvenciones "Emprender en femenino" que pretenden fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres. Al respecto, tanto la Secretaría Xeral de Relacións Institucionais de la Vicepresidencia como la Secretaría Xeral de Igualdade y la Consellería de Traballo -según informa la Vicepresidencia de la Xunta-, entienden que la resolución vulnera el reparto competencial que establece la Constitución y el Estatuto. Es así, afirman, porque la disposición del Instituto de la Mujer no sólo regula las condiciones y el procedimiento de concesión de las subvenciones, sino que también atribuye al Estado la totalidad de las funciones de ejecución administrativa -gestión, concesión y pago de ayudas-. Asimismo, critican que no se prevé ningún tipo de intervención autonómica prevista en todo el articulado. A juicio de Vicepresidencia, en una orden como esta el Estado podría limitarse a especificar el destino y las condiciones genéricas y primarias de un otorgamiento de subvenciones, para inmediatamente dejar a las comunidades autónomas la concreción y desarrollo del destino de las ayudas, así como la regulación de su tramitación y la propia tramitación. Es por esto que se requerirá al Gobierno, según Vicepresidencia, para que anule o derrogue esta resolución, pues a juicio del Gobierno gallego se debe reconocer que la competencia corresponde a la comunidad autónoma y, por lo tanto, se debe proceder a la distribución territorial entre las comunidades de la correspondiente consignación presupuestaria.





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