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José Manuel López García
Conchi Basilio
Ernesto González Valdés
Sociedad

UNIONES

Más de 1.500 parejas de hecho se inscribieron en el último año en Galicia

27-01-2009 19:35:29

 Unas 1.530 parejas se inscribieron en el último año en el Registro de Parellas de Feito de Galicia, con lo que sus derechos quedan equiparados a los de los matrimonios. Según los datos facilitados por la Consellería de Presidencia, desde que el servicio empezó a funcionar el 28 de enero de 2008, el mayor número de inscritos se dio en la provincia de A Coruña, con 721 uniones registradas, seguida de Pontevedra (556), Ourense (176) y Lugo (77).

Se trata de un procedimiento gratuito, voluntario y con carácter constitutivo, puesto que la unión solo se reconocerá si consta en el registro. Hasta el día de hoy 12 de estas parejas cancelaron su inscripción, bien por optar por el matrimonio, por el fallecimiento de una de las partes o por desavenencias. Además, la Administración gallega denegó la inscripción en el registro de otras 51 uniones.

El decreto que regula esta figura, considera parejas de hecho las formadas por dos personas mayores de edad, capaces y que convivan con la vocación de pemanencia en una relación de afectividad "análoga" a la conyugal. En el acto de inscripción deben expresar su voluntad de equiparar "os seus afectós ós do matrimonio", como establece la Lei de Dereito Civil de Galicia.

Los registros municipales que existen en varios concellos de la comunidad deben comunicar las inscripciones, cancelaciones y modificaciones al gallego, previo consentimiento de los integrantes de la pareja. Por lo tanto, este ente tiene un funcionamiento descentralizado, gestionado a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Presidencia, para configurarse, jurídicamente, como un registro único.

Además, la Dirección Xeral de Xustiza asume las funciones de coordinación, información y aprobación de las directrices comunes sobre el procedimiento de inscripción y gestión del mismo.


ACUERDOS

En esta herramienta también se pueden hacer constar los pactos que los miembros de la pareja consideren convenientes para regir sus relaciones económicas durante la convivencia y para liquidarlas tras la extinción de la misma, siempre que respeten las leyes y que no sean limitativos de la igualdad de derechos o perjudiquen gravemente a uno de los miembros.

Además de la tramitación y resolución de las solicitudes de inscripción, el registro certifica y publicita los datos que consten en el correspondiente expediente administrativo, expediendo certificaciones por instancia de cualquiera de los miembros de la pareja o de órganos judiciales.

Además, este servicio emite informes técnicos y estadísticos requeridos por juzgados, por el Parlamento o por otros órganos públicos.


REQUISITOS

Para inscribirse como pareja de hecho es necesario ser mayor de edad, no tener relación de parentesco por consanguineidad o adopción ni en línea recta ni colateralmente hasta el tercer grado, manifestar la voluntad de constitución de pareja de hecho, no estar ligados por matrimonio ni formar pareja de hecho formalizada con otra personas. Además, los miembros de la pareja tampoco pueden estar incapacitados judicialmente, y deben estar empadronados en el mismo domicilio de algún municipio gallego.

Una vez superados los trámites, la inscripción se resolverá en el plazo de tres meses a partir de la fecha de entrada de la misma en el registro.

Por lo que respecta a la cancelación de la inscripción, ésta podrá ser solicitada por escrito de forma conjunta o individualmente. En este último supuesto, deberá acreditarse la comunicación fidedigna a la otra parte. Este tipo de uniones queda extinguida cuando fallezca uno de los componentes o cuando los miembros contraigan matrimonio.





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