El pleno del Parlamento Europeo aprobó este martes, definitivamente, la revisión de una directiva comunitaria que impondrá sanciones penales para los delitos de contaminación marítima procedente de buques.
La norma, que recibió el respaldo de 588 eurodiputados, obligará a los Estados miembros a que tipifiquen como delito las infracciones más graves, pero también los casos leves si el delito de vertido es “repetido, deliberado o resultado de una negligencia grave o imprudencia temeraria”.
La directiva deberá entrar en vigor en el plazo de doce meses, toda vez que el texto aprobado hoy en la Eurocámara en primera lectura ya ha sido consensuado con el Consejo de Ministros de Transportes de la UE.
En la Unión Europea ya existe legislación para reforzar la seguridad marítima y contribuir a la prevención de la contaminación procedente de los buques. Estas medidas, generalmente multas, están dirigidas a los Estados de abanderamiento, a los propietarios y fletadores de buques, a las sociedades de clasificación, a los Estados portuarios y a los Estados costeros.
La nueva legislación obliga a los Estados miembros a introducir sanciones penales en los casos en los que se produzca “un deterioro de la calidad del agua”.
Los Estados serán quiénes decidan el tipo y el nivel de dureza de las sanciones, aunque la directiva estipula que estas serán "efectivas, proporcionadas y disuasivas".
Para el ponente de la propuesta, el eurodiputado español Luís de Grandes (PP), la nueva norma “supone un paso adelante para combatir los atentados contra el medio ambiente en el mar”.
En su opinión, la decisión de la Unión Europea de "elevar a rango de delito la conducta reiterada de infracciones menores es un paso decisivo contra la mala praxis de quien le resulta más barato pagar para contaminar".
De Grandes explicó que, en la práctica, en muchas zonas de las costas europeas algunos responsables del transporte marítimo prefieren llevar a cabo la actividad ilícita de contaminar "porque les resulta más barato pagar la sanción administrativa que cumplir la legislación correspondiente" de tal forma que el principio de "quien contamina paga lo han convertido en pagar para contaminar".
La nueva directiva reforma una anterior de 2003 para adaptarla a una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TUE) que habilita a Bruselas a pedir a los Estados miembros medidas de derecho penal cuando sea indispensable para combatir los graves atentados contra el medio ambiente.