El Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó hoy a España por no haber
trasladado a su legislación una directiva comunitaria para dar permisos
temporales de residencia a extranjeros víctimas de tráfico de personas.
La
directiva, de 2004, define las condiciones para la concesión de permisos de
residencia de duración limitada, en función de la duración de los procedimientos
legales, a personas de terceros países que cooperen en la lucha contra la trata
de personas o la inmigración ilegal.
El Tribunal desestimó los argumentos
españoles acerca de que esa normativa no se había adaptado a la legislación
nacional debido a las elecciones generales de marzo de 2008 y a la posterior
reestructuración de los ministerios, con una nueva distribución de competencias,
según indicaron fuentes jurídicas.
Los jueces de Luxemburgo también
rechazaron los argumentos españoles acerca de que, a pesar de la no adaptación
de esa norma europea, la actual legislación nacional garantiza que las personas
objeto de la directiva están protegidas.
Según España, varias disposiciones
de una ley orgánica de 2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros y un
real decreto de 2004 garantizan en la práctica la protección que exige la
directiva.
En opinión del Tribunal, cuando expiró el plazo concedido en el
dictamen motivado de la Comisión (que concluía a finales de octubre de 2007)
España no había adoptado aún todas las medidas necesarias para adaptar esa
medida a su derecho interno.