Las tripulaciones de la flota española, que faena en la zona regulada por la
Organización de Pesquerías del Atlántico Noroccidental (NAFO) en la pesca del
fletán negro, dispondrá de 2 millones de euros para hacer frente a la parada
temporal establecida para reducir el esfuerzo pesquero.
Según recoge la Orden
ministerial que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Ministerio de la
Presidencia se establecen las bases reguladoras para concesión de ayudas a los
tripulantes afectados por la paralización temporal de la actividad de buques
pesqueros españoles dirigidos a la pesquería del fletán negro.
La cantidad
total calculada para hacer frente a la financiación tendrá también una
aportación comunitaria con cargo al Fondo Europeo de la Pesca (FEP). Advierte
de que la propuesta de pago de estas ayudas queda supeditada a que la Tesorería
General de la Seguridad Social disponga de fondos suficientes para proceder a
dicho pago, en función de los remanentes y fondos a transferir.
Apunta que se
otorgarán por un periodo máximo de 180 días de paralización temporal voluntaria,
pudiéndose realizar en dos periodos de al menos 90 días cada uno de forma
continuada, y que se llevarán a cabo en el periodo comprendido entre el 1 de
agosto de 2008 y el 31 de diciembre de 2009, ambos inclusive.
Indica que el
periodo de inactividad se computará desde el día siguiente de la llegada del
buque a puerto hasta el día anterior a la salida efectiva del mismo, mientras
que los periodos de tránsito no serán computables a efectos de
paralización. Recoge que podrán ser beneficiarios de estas ayudas los
tripulantes españoles, los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o
del Espacio Económico Europeo y los extranjeros que cuenten con autorizaciones
de residencia y trabajo.
Advierte de que quedan expresamente excluidos del
derecho a percibir las ayudas reguladas en la orden los armadores o propietarios
enrolados a bordo. Subraya que la cuantía individual de la ayuda será de 45
euros por día de parada, y en ningún caso la ayuda otorgada para cada
beneficiario podrá exceder de 180 días.
Recuerda que el Instituto Social de
la Marina descontará de la cuantía contemplada en el apartado anterior la cuota
del trabajador a la Seguridad Social y la ingresará a favor de la Tesorería
General.