El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 20 años y medio a 15 años y medio de
prisión la condena a la madre de la niña Alba y ha confirmado la de 22 años
impuesta a su compañero sentimental por la brutal paliza que en 2006 dejó en
estado de coma a la pequeña, que ahora padece una invalidez irreversible.
El
Alto Tribunal absuelve a Ana María Cano, madre de la niña, del delito de
lesiones por el que fue condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona a
cinco años de cárcel y mantiene las penas de seis meses de cárcel por un delito
contra la integridad moral, doce años por lesiones y tres años como cómplice de
un delito de malos tratos habituales.
Según explica la sentencia, Ana María y
su pareja, Francisco Javier Pérez, comenzaron a convivir en diciembre de 2005 en
un domicilio de la localidad de Montcada i Reixach (Barcelona) junto con la hija
de la acusada Alba, quien tenía cuatro años.
El 18 de diciembre de 2005, la
menor fue ingresada en el Hospital Materno Infantil Vall d'Hebrón de Barcelona,
donde le diagnosticaron, entre otras lesiones, fractura de húmero derecho y fue
intervenida quirúrgicamente.
La Audiencia de Barcelona imputó a Francisco
Javier la paliza que le rompió a Alba un brazo y los maltratos a que la sometió
mientras la pequeña vivió con él, atándola a la silla para comer y obligándola
tragarse sus vómitos, así como dándole de beber con una jeringuilla con la boca
precintada.
Respecto a otra paliza del 4 de marzo del 2006, la Audiencia
estimó probado que el procesado se quedó a solas con la niña en su piso, después
de que ella no quisiera salir para ir a la feria, y la "zarandeó brutalmente y
con tal violencia" que le provocó un hematoma subdural en el
cerebro.
Actualmente, Alba tiene un deterioro muy grave de las funciones
cerebrales, precisa de una silla de ruedas para desplazarse, sólo se comunica
"por medio de gestos, gritos y sonidos" y sufre una pérdida total de autonomía
personal.
La Audiencia de Barcelona reprochó "el gravísimo incumplimiento por
parte de la madre de Alba de sus deberes de cuidado y asistencia de la niña" y,
además de retirarle la patria potestad, le denegó ser "ni directa ni
indirectamente" informada en prisión, como ella pedía, del estado de salud y la
evolución de la menor, medida que confirma el Supremo. Según la Audiencia, la
madre de Alba era "perfectamente conocedora" de los malos tratos que su pareja
infligía a su hija y "no adoptó decisión alguna" para evitar las
agresiones.
El Supremo, sin embargo, absuelve a Ana María del delito de
lesiones al estimar probado que no sabía que su hija había sufrido la fractura
del húmero y porque "producida la lesión (por el padrastro), ya no podía
evitarla". "Si no tuvo conocimiento de la situación de hecho que generaba el
deber de actuar, no puede reprochársele, en la ocasión, que no actuara", señala
la sala.
El padrastro también recurrió la sentencia, pero el TS ha
desestimado su recurso porque, entre otras razones, "ha existido prueba
suficiente para desvirtuar el derecho constitucional a la presunción de
inocencia". Añade que en este caso existía una relación paterno-filial de
hecho, en la que "la producción de lesiones graves resulta especialmente
reprobable, penal y socialmente, pues la menor carece de cualquier asistencia,
incluso de la protección materna".