La temperatura en los edificios y locales de uso público, como administraciones,
bares, tiendas, estaciones o cines, no podrá superar los 21 grados en invierno
ni bajar de 26 grados en verano, según el Real Decreto aprobado hoy por el
Consejo de Ministros para fomentar el ahorro de energía.
La normativa
establece además que los edificios y locales con acceso desde la calle deberán
disponer de un sistema de cierre de puertas que impidan que éstas permanezcan
abiertas permanentemente.
La temperatura del aire en los recintos
calefactados no podrá ser superior a 21 grados centígrados, mientras que en los
recintos refrigerados no será inferior a 26 grados, explicó el Ministerio de
Industria en un comunicado.
En ambos casos, la humedad relativa del ambiente
deberá estar comprendida entre el 30 y el 70 por ciento, según Industria, que
apuntó que el Real Decreto modifica determinadas instrucciones técnicas del
Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
El Ejecutivo
considera que esta medida estimulará las iniciativas institucionales y
empresariales encaminadas al ahorro y a la eficiencia energética, al tiempo que
incentivará la entrada en los mercados de las empresas de servicios
energéticos.
La iniciativa parte de los ministerios de Industria y de
Vivienda y su objetivo final es conseguir mayores ahorros energéticos en las
grandes superficies y en los edificios públicos con afluencia habitual de un
número elevado de personas.
Su aplicación será obligatoria en el interior de
locales de uso administrativo, comercial (tiendas, supermercados, grandes
almacenes o centros comerciales), cultural (teatros, cines, auditorios, centros
de congresos o salas de exposiciones) o restauración (bares, restaurantes o
cafeterías), así como de transporte de personas (estaciones y
aeropuertos).
La normativa aprobada hoy se enmarca en el Plan de Activación
del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011, que contiene 31 medidas para un
uso más racional de la energía.