El dictamen señala que los convenios para la
celebración de los dos Illes Balears Forum respondían a la legalidad
entonces vigente.
El Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, ha
presentado ante el juez instructor del caso Nóos un extenso dictamen
jurídico encargado por su defensa que intenta avalar que los convenios
rubricados por el Instituto Nóos con el Govern balear y la Generalitat
Valenciana no estaban sujetos a la contratación pública, de forma que no
cabía supervisar o auditar el precio abonado por los Ejecutivos
autonómicos como contraprestación. Responden así, según el informe, a la
legalidad vigente cuando se suscribieron.
Con 56 páginas y un
minucioso análisis de los convenios investigados, el dictamen, al que ha
tenido acceso Europa Press, ha sido entregado al instructor de las
investigaciones, José Castro, después de que la defensa del encausado
presentase este martes sus alegaciones contra la fianza civil de 8,2
millones de euros solicitada por la Fiscalía Anticorrupción y el
sindicato Manos Limpias, y sobre la que el magistrado prevé pronunciarse
en las próximas semanas.
Tras reseñar, en el caso de Baleares,
que a la fecha en que se firmaron los convenios para la celebración de
dos foros sobre turismo y deporte por un importe global de 2,3 millones
de euros (2005 y 2006) no existían normas reguladoras de los convenios
de colaboración entre las entidades públicas de las islas y las
entidades privadas, el documento centra sus consideraciones en que el
fin que tenían los acuerdos era un objeto de patrocinio "como negocio
jurídico esencialmente privado".
Tanto es así que el autor del
dictamen, el abogado del Estado en excedencia Federico Calabuig Alcalá
del Olmo -integrante del despacho que asesora a Urdangarin-, asevera que
los convenios firmados tanto en julio de 2005 (por 1,2 millones de
euros) y septiembre de 2006 (por 1,085 millones) por Nóos con el
Instituto Balear de Turismo (Ibatur) y la Fundació Illesport cumplían
"las exigencias legales vigentes en el momento en que se suscribieron".
Y ello porque ambos tenían como fin el patrocinio de actividades
promocionales turístico-deportivas, lo que no estaba comprendido en
ninguno de los contratos regulados por la Ley de Contratos de la
Administración Pública como tampoco por otras normas administrativas
especiales. Del mismo modo, añade que las prestaciones realizas por el
Govern presidido entonces por Jaume Matas "no pueden considerarse
subvenciones públicas" al someter el Ibatur y el Illesport su actividad
al derecho privado.
CONVENIO PARA LA CELEBRACIÓN DEL VALENCIA SUMMIT
De la misma forma sucede, según el dictamen, en el caso de el convenio
firmado para la celebración del evento Valencia Summit -cuyas tres
ediciones costaron 1,044 millones de euros cada una-, al apuntar que
tanto Nóos como la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau y la
Ciudad de las Artes y las Ciencias (CACSA) "se someten, en principio, al
derecho privado".
Al hilo de lo anterior, el letrado recuerda
que la propia CACSA suscribió 39 convenios de colaboración en 2004, 27
en 2005 y 17 en 2006, de los cuales sólo tres se corresponden con el
Valencia Summit -el convenio inicial y sus dos addendas-. "Desconocemos
el régimen jurídico aplicado a los demás convenios (...) pero es dable
presumir que hayan seguido el mismo patrón de concertación", añade el
dictamen jurídico de Calabuig, quien apostilla que, en todo caso, "no
cabe duda de que nos encontramos ante verdaderos y ciertos convenios de
colaboración".
Finalmente, el informe hace referencia al
convenio rubricado en diciembre de 2005 por Nóos, la Generalitat
Valenciana y la Sociedad Gestora para la Imagen Estratégica y
Promocional de la Comunidad de cara a la preparación de la candidatura
de ésta como sede de la primera edición de los denominados Juegos
Europeos, que nunca llegaron a celebrarse pese a las cantidades que
percibió el Instituto entonces presidido por Urdangarin.
INFORMES FAVORABLES A LOS JUEGOS EUROPEOS
Tras apuntar que tanto Nóos como la Sociedad Gestora "se someten, en
principio, al derecho privado", el dictamen recuerda que el objeto del
convenio pasaba por fomentar, mediante subvención, las actuaciones a
desarrollar por Nóos para la elaboración del dossier de la candidatura,
tratándose en consecuencia de asignar una ayuda pública a una entidad
privada para el desarrollo de una determinada actividad. El convenio
contó, según el documento, con todos los informes y el acuerdo del
Consell de la Generalitat favorables.
Cabe recordar que,
mientras tanto, la defensa del Duque de Palma presentó este martes un
escrito para oponerse a la fianza que reclaman las acusaciones,
asegurando que su patrocinado no ha percibido "cantidad alguna" de los
convenios rubricados de Baleares y la Comunidad Valenciana con Nóos, del
que fue presidente entre 2003 y 2006.
En un escrito de 33
páginas, al que tuvo acceso Europa Press, el abogado Mario Pascual Vives
aseveraba además que Urdangarin no se ha ocupado, ni en el Instituto
Nóos ni en la sociedad Nóos Consultoría Estratégica "de materias
financieras, contables, fiscales, laborales o administrativas",
actividades que achacaba, por el contrario, a su exsocio Diego Torres.