El Gobierno español, a través de la
Abogacía del Estado, ha defendido este miércoles ante la Gran Sala del
Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo que la doctrina
Parot aplicada a la terrorista de ETA Inés del Río no viola el Convenio
Europeo de Derechos Humanos porque no ha supuesto alargar su pena y ha
preguntado al tribunal si "¿es igual un asesinato que 132?" a la hora de
calcular y aplicar los beneficios penitenciarios para un asesinato que
para múltiples. Se refería a los 24 asesinatos consumados por la
terrorista y a los 108 en grado de tentativa.
El abogado del Estado Isaac Salama ha defendido ante los 17 jueces
que integran la Gran Sala del tribunal europeo de Estrasburgo que el
derecho español desde 1970 deja de forma "bien clara" que la redención
de penas por trabajo es "exclusivamente" para permitir el
"adelantamiento" de su puesta en libertad y ha dejado claro que en el
caso de Inés del Rio su condena "no se ha prolongado ni un sólo día la
pena impuesta a la demandante" ni tampoco "el límite" de cumplimiento de
la pena, de un máximo de 30 años.
Salama ha dejado claro que si España hubiera aplicado de forma
retroactiva la doctrina Parot a la miembro de ETA habría tenido que
cumplir el "máximo de 40 años" de pena que fija el actual Cógido Penal y
no sobre los 30 que debe cumplir y ha reclamado al tribunal que revoque
la sentencia de la Tercera Sección del tribunal que el 10 de julio
condenó a España por vulnerar los artículo 7 y 5 del Convenio Europeo de
Derechos Humanos.