El Confidencial
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José Manuel López García
Economí­a

Aprobada la Ley Hipotecaria, que reduce los gastos notariales y registrales

02-03-2007

El Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes del proyecto de Ley por el que se modifica la Ley de regulación del mercado hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, que supondrá una reducción de las comisiones de las hipotecas y de los gastos notariales y registrales asociados a las mismas. El Ejecutivo asegura que, pese a que el mercado español es uno de los "más eficientes y competitivos" de Europa, las piezas básicas de su regulación se promulgaron hace ya años, en 1981 y 1994, en un entorno muy distinto del actual. Por ello, considera pertinente adaptar su marco regulatorio a los nuevos instrumentos y ampliar las posibilidades de elección de entidades y familias, con una oferta mayor de préstamos hipotecarios. Entre las medidas más importantes de la ley, que se aplicará a los préstamos contratados a partir de su entrada en vigor, se encuentra la reducción del 1% al 0,5% de la comisión máxima por cancelación anticipada de hipoteca o subrogación en las firmadas a tipos de interés variable. En las hipotecas suscritas a tipos de interés fijo, este porcentaje del 0,5% solo podrá aumentarse cuando la cancelación anticipada o subrogación genere una ganancia de capital para el prestatario y una pérdida de capital para la entidad, esto es, si los tipos de interés están por debajo del tipo al que se contrató la hipoteca. En este caso, el porcentaje de la comisión que pueden aplicar las entidades financieras es libre, tal y como sucede ahora con la cancelación anticipada en préstamos a tipos de interés fijo. Sin embargo, la entidad no podrá cobrar esta compensación si la cancelación anticipada o subrogación le genera una ganancia y una consiguiente pérdida para el cliente, por ejemplo, en un contexto como el actual de subida de tipos de interés. Aplicación práctica En concreto, en una amortización de un préstamo de 120.000 euros que genere una ganancia de capital a la entidad, el ahorro para el cliente sería de 2.400 euros suponiendo que la entidad aplicase una comisión del 2,5%. Además, el proyecto de Ley amplía el concepto de novación de los préstamos y créditos hipotecarios, ya que la ampliación del principal de la hipoteca también se considerará a partir de ahora novación, junto con la alteración de las condiciones del tipo de interés inicialmente pactado o la alteración del plazo, del método o sistema de amortización. Según el Gobierno, la ampliación de este concepto supone un "importante ahorro" de costes registrales y notariales. La reforma de la Ley Hipotecaria habilita también al ministro de Economía y Hacienda a aprobar una orden de transparencia con el objetivo de ampliar la información que deben dar las entidades de crédito a los tomadores de un préstamo hipotecario, ofreciéndoles los riesgos reales, sin coste añadido, para que puedan comparar con más criterio entre los distintos productos de diferentes entidades financieras.





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