EFE | El
Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad rechazar
la suspensión del juicio del "procés" solicitada por los exconsellers
Jordi Turull y Josep Rull con el argumento de la falta de imparcialidad
de cuatro de los magistrados que componen el tribunal.
Los
exconsellers plantearon en sus recursos de amparo la suspensión cautelar
de la tramitación de la causa especial 20907-2017 para evitar los
graves perjuicios que podría suponer para ellos continuar la causa y ser
condenados a largas penas de prisión en un juicio y una sentencia que
finalmente sean declarados nulos.
Turull y Rull pidieron en su momento apartar de la causa
al presidente del tribunal, Manuel Marchena, y a los magistrados Andrés
Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo y Luciano Varela por su proximidad
al instructor de la causa, Pablo Llarena, con el que han mantenido
"permanente contacto y colaboración profesional".
Su
argumento era que esa conexión no garantiza "aquella sana distancia que,
para reforzar la necesaria apariencia de imparcialidad, cabe esperar
que exista siempre entre el juez-investigador y la sala de
enjuiciamiento".
Otros acusados se sumaron a esa
propuesta de recusación por distintas razones y algunos, como Jordi
Cuixart, la hicieron extensiva a todos los miembros del tribunal. La
Sala del 61 del Supremo, presidida por su presidente, Carlos Lesmes y
encargada de decidir sobre las recusaciones de los magistrados del
tribunal, rechazó en dos ocasiones por unanimidad apartar a los jueces.
Por
ello, Rull y Turull recurrieron al TC ante la "vulneración del derecho
fundamental a un proceso con todas las garantías por falta de
imparcialidad en la sala de enjuiciamiento", por lo que reclamaban la
suspensión de la causa. El tribunal de garantías
responde ahora en un auto que los daños irreparables que pueden
ocasionar la suspensión cautelar de un procedimiento han de ser reales y
actuales y no daños futuros, hipotéticos "o un simple temor".
Argumenta
que en el actual caso el único perjuicio alegado es que existe el
riesgo de ser condenados a una larga pena de prisión a resultas de un
juicio y una sentencia declarados posteriormente nulos por haber sido
condenados por magistrados que no eran imparciales.
Y
recalca que este perjuicio "es futuro e hipotético, ya que se fundamenta
en un hecho incierto, como es un pronunciamiento condenatorio". Por
ello, rechaza suspender la causa que se sigue actualmente en el Supremo y
que se encuentra en su fase testifical.