Vozpópuli | El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado hoy la jurisprudencia utilizada por el Tribunal Supremo
en materia de ejecuciones hipotecarias, que permite continuar con un
desahucio si se sustituye una cláusula abusiva que contemplaba el inicio
del mismo con un solo impago por otra que eleva el número mínimo de
cuotas impagadas.
La Gran Sala del tribunal con sede en Luxemburgo ha corregido de esta forma las conclusiones del abogado general del TJUE Maciej Szpunar, que en septiembre opinaba
que la Justicia europea debía declarar ilegal la doctrina del TS para
continuar con un desahucio a pesar de que el contrato hipotecario
contaba con una cláusula abusiva de vencimiento anticipado.
El
TJUE resuelve así las cuestiones elevadas por el propio Supremo y por
el juzgado de Primera Instancia número 1 de Barcelona sobre dos casos
que enfrentan a Abanca Corporación Bancaria y a Bankia con clientes con los que había firmado préstamos de garantía hipotecaria.
En el primero, el préstamo consistía en un importe de 100.000 euros que debían ser devueltos en un plazo de 30 años. La cláusula de
vencimiento anticipado permitía a Abanca dar por vencido el préstamo y
exigir el pago de toda la deuda pendiente,
los gastos y los intereses ordinarios y de demora en caso de impago de
una sola cuota mensual. Los tribunales españoles confirmaron el carácter
abusivo de esta cláusula. Leer más