AGENCIAS | El Tribunal Supremo ha condenado por la causa del procés al ex vicepersidente de la Generalitat Oriol Junqueras a 13 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta; y a los esconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa a las penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta, en los cuatro casos por delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía.
Asimismo, condena por el delito de sedición a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell a las penas de 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta; al exconseller Joaquim Forn y Josep Rull a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; y al expresidente de la ANC Jordi Sánchez y al presidente de Òmnium Jordi Cuixart a las penas de 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta.
En cuanto a los exconsellers Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó, son condenados cada uno de ellos como autores de un delito de desobediencia a las penas de 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial. La sentencia absuelve a los acusados Joaquim Forn, Josep Rull, Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó del delito de malversación.
Rebelión descartada
El Supremo ha descartado la rebelión como pedía la Fiscalía y se ha
acogido a las peticiones de la Abogacía del Estado aunque ha aumentado
levemente las penas.
El tribunal considera probado que los acusados desarrollaron una
estrategia planificada a fin de conseguir la independencia de Catalunya
como nuevo Estado con forma de República, segregándola de España,
mediante la acción combinada y sincronizada de tres pilares básicos: el
parlamentario, el ejecutivo, y el social.
La Sala mantiene la tesis de la Fiscalía, que sostenía que la
actuación de los acusados pretendía “orillar” la aplicación de la
legalidad constitucional y estatutaria, e impedir el cumplimiento de las
resoluciones administrativas y judiciales dictadas al amparo de
aquella, para conseguir como objetivo último –con sus propias leyes y
sus propias estructuras de Estado– declarar la independencia de esa
parte del territorio nacional y obligar al Estado a aceptar la
separación del referido territorio, finalidad que estuvieron a punto de
lograr con los actos delictivos que ejecutaron poniendo así en “grave
peligro el orden constitucional”. No obstante, la Fiscalía solicitaba
penas más altas, hasta los 25 años de cárcel en el caso de Junqueras, al
considerar que los acusados utilizaron y promovieron la violencia para
lograr sus objetivos.
La sentencia
El tribunal, presidido por Manuel Marchena, y compuesto por los
magistrados Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo, Andrés Martínez
Arrieta, Luciano Varela, Andrés Palomo y Ana Ferrer, ha tardado cuatro
meses en deliberar, perfilar y redactar la sentencia del juicio de mayor
repercusión de la historia de la democracia.
Durante los ochos meses que ha durado el juicio y la redacción de la
sentencia, la Sala ha sido una piña y ha buscado hasta el último momento
el máximo consenso.
Esta sentencia es una cuestión de Estado y han
actuado en consecuencia, según explican fuentes del alto tribunal.
Además, han cuidado hasta el más mínimo detalle porque son conscientes
que su texto va a ser escrutado al milímetro por la opinión pública.
Pero sobretodo, la resolución recaerá con toda probabilidad en manos del
Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Fin a dos años de proceso judicial
Esta sentencia pone punto y final al proceso judicial que se inició hace
dos años, cuando la Fiscalía General del Estado presentó sus querellas
contra los miembros del Govern, los Jordis y contra la Mesa del
Parlament por declarar unilateralmente la independencia de Catalunya a
pesar de todas las advertencias de la Justicia, del Tribunal
Constitucional y del Gobierno central. Tras la DUI proclamada el 27 de octubre de 2017, el Ejecutivo de
Mariano Rajoy aplicó, a través del Senado, el artículo 155 de la
Constitución para intervenir el Gobierno catalán.
Antes que el fiscal
general del Estado de entonces, el fallecido José Manuel Maza, anunciara
las querellas el lunes 30 de octubre de ese mismo año, el expresidente
Carles Puigdemont se marchó Bélgica. Le siguieron otros cuatro
exconsellers, que a día de hoy se encuentran fugados, a ojos de la
justicia.
En tan sólo cinco meses, el juez instructor Pablo Llarena dictó el
auto de procesamiento por los delitos de rebelión, desobediencia y
malversación de caudales públicos. Once meses después de aquella
resolución, arrancaba el juicio. Inició el 12 de febrero de 2019 y
finalizó cuatro meses después, el 12 de junio.
Sentencia firme
Llarena comenzó a instruir la causa respecto de la Mesa del
Parlament, con Carme Forcadell a la cabeza, porque seguían siendo
miembros aforados. Después, entendió que el delito por el que se les
perseguía no se podía entender sin investigar en conjunto a los miembros
del Govern y los Jordis, por lo que reclamó la causa a la Audiencia
Nacional.
Justo antes del juicio, la Sala entendió que los miembros de la Mesa,
excepto Forcadell, no debían ser enjuiciados en el Tribunal Supremo y
los envió al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para que se
enfrentaran a un delito de desobediencia, juicio que está pendiente de
celebración, al igual que el que afecta al mayor de los Mossos
d’Esquadra, Josep Lluis Trapero, por rebelión, en la Audiencia Nacional.
Al ser una sentencia dictada por el Tribunal Supremo significa que se
trata de una instancia única, sin derecho a una segunda instancia, por
lo que la resolución se hace automáticamente efectiva. Esto significa
que tanto la pena como la inhabilitación comienzan a ser efectivas de
manera inmediata.
Tras hacerse pública la sentencia, ahora hay que esperar al siguiente
movimiento. Eso es, si el juezx instructor Pablo Llarena reactiva la
orden europea e internacional de detención contra Puigdemont, la número 2
de ERC, Marta Rovira, y los otros cuatro exconsellers huidos para que
sean entregados a España y ser enjuiciados por los mismos hechos.