EFE | España ha sido pionera y referente mundial en la lucha contra la
violencia de género en el ámbito de la pareja y expareja, pero aún tiene
pendiente el reconocimiento del resto de víctimas de violencias
machistas, un compromiso que adquirió al ratificar en 2014 el Convenio
de Estambul.
Una deuda que se pretende saldar en esta legislatura a través de
distintos proyectos normativos, como la ley de garantía de la libertad
sexual, conocida como la ley del "sólo sí es sí", la ley contra la trata
o la reforma de la ley de interrupción voluntaria del embarazo, en la
que se incluirán los vientres de alquiler, las esterilizaciones forzosas
o los abortos forzados.
Ante el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia
contra la Mujer, que se conmemora el 25 de noviembre, vuelve a primera
línea el Convenio de Estambul, que establece que la violencia contra la
mujer es una violación de los derechos humanos y que los estados son
responsables si no responden y la combaten de manera adecuada.
Y especifica que esa violencia se puede manifestar de distintas
maneras: violencia física, psicológica y sexual, mutilación genital
femenina, matrimonio forzado, acoso, aborto forzado y esterilización
forzosa.
Sólo sí es sí
El clamor feminista que llenó las calles españolas al grito de
"sólo sí es sí" -tras la sentencia que consideraba que la víctima de La
Manada había sufrido un abuso sexual y no una violación- está en el
espíritu de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual,
que reformará la tipificación de los delitos sexuales en el Código
Penal.
Esta futura ley no sólo se limita a hacer esa modificación, sino
que articula la prevención, atención, sanción, especialización y
reparación de todas las violencias sexuales, al igual que la ley 1/2004
hizo con la violencia de género en el ámbito de la pareja.
Aún en fase de anteproyecto, el texto legal considera violencias
machistas los delitos sexuales, la trata con fines de explotación
sexual, los matrimonios forzados, la mutilación genital femenina, la
pornografía no consentida y el feminicidio sexual.
Además, entiende la violencia sexual como un problema
estructural y público, no privado, en línea con la ley integral contra
la violencia de género en 2004.
Todo acto de naturaleza sexual no consentido o que condicione el
libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o
privado será considerado violencia sexual: agresión sexual, acoso,
violación, exhibicionismo, acecho o acoso callejero, provocación sexual,
prostitución ajena, explotación sexual y corrupción de menores.
En línea con lo que exige el Convenio de Estambul, será el
consentimiento de la víctima el que determinará si se ha cometido una
agresión y toda penetración sin consentimiento será una violación,
acabando con la distinción entre abuso y agresión.
En su modificación del Código Penal, el anteproyecto recoge como
agravantes la agresión grupal, el trato degradante, el daño grave y la
violencia extrema, que la víctima sea especialmente vulnerable, que
víctima y agresor sean pareja o expareja, el uso de armas o el
suministro de sustancias químicas.
Esta ley también cambiará el Código Penal con el objetivo de
luchar contra la industria de la explotación sexual: se castigarán el
proxenetismo no coactivo y la tercería locativa, esto es, lucrarse del
alquiler de locales donde se explota sexualmente a mujeres.
Por otra parte, la acreditación de víctima de violencia sexual
no dependerá de la denuncia, con lo que la mujer, por ejemplo, podrá
acceder a recursos asistenciales con el respaldo de un médico o de los
servicios sociales.
Se impulsará además la especialización de juzgados, se
introducirá educación sexual y afectiva en todas las etapas educativas y
se pondrán en marcha centros de crisis para atender a las víctimas así
como "casas de niños" en las que tratar con los menores víctimas.
Al margen de la legislación del "sólo sí es sí", el Ministerio
de Igualdad considerará los vientres de alquiler un tipo de violencia
contra la mujer y recogerá esa "explotación reproductiva" en la reforma
de la Ley de derechos sexuales de salud sexual y reproductiva y de la
interrupción voluntaria del embarazo.
En esa reforma también pretende incluir los abortos forzados, la violencia ginecoobstétrica y la esterilización forzada.