EFE | Los contribuyentes con rendimientos de
actividades económicas podrán trasladar directamente estos datos a su
borrador de la declaración de la renta de 2020, siempre que lleven sus
libros registros conforme al formato de la Agencia Tributaria.
El Ministerio de Hacienda ha publicado hoy en el BOE la
orden ministerial que regula las declaraciones del IRPF y el impuesto de
patrimonio correspondientes a 2020, cuya campaña comienza el 7 de
abril, y que cuenta entre sus novedades una simplificación de los
trámites para los contribuyentes de actividades económicas.
Según detalla el BOE, por primera vez y de manera voluntaria,
los declarantes de actividades económicas -autónomos y también
trabajadores por cuenta ajena que desarrollen alguna actividad por
cuenta propia- podrán trasladar directamente esos ingresos a su modelo
de la declaración de la renta.
Esta opción solo está disponible para los contribuyentes que
llevan sus libros registros con el formato de la Agencia Tributaria,
regulado desde 2019 para quienes cotizan con el sistema de módulos
precisamente para facilitar la declaración.
La orden ministerial especifica las condiciones para presentar
la declaración que, como en años anteriores, podrá realizarse por
internet, por teléfono o en las oficinas habilitadas con cita previa.
El borrador se puede obtener a través del programa Renta Web con
certificado electrónico, Cl@ave PIN o número de referencia.