EFE | La
Agencia Tributaria permitirá fraccionar en seis veces el pago de la
liquidación del IPRF a aquellos contribuyentes que estuvieron incursos
en un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) durante 2020 y
cuya declaración salga positiva. Fuentes de Hacienda han confirmado que "en breve" se aprobará una orden
ministerial para recoger esta modificación en las declaraciones a
ingresar de los contribuyentes sujetos a ERTE, que podrán abonar en esos
seis meses (entre julio y diciembre) la liquidación sin intereses.
Para las declaraciones a ingresar, habitualmente el pago se puede fraccionar en dos veces
(el 60 % al presentar la autoliquidación y el 40 % restante en
noviembre), pero la orden ampliará esos plazos para los sometidos a
ERTE. Al
tiempo, la Agencia Tributaria recomienda a los trabajadores afectados
por un ERTE que hayan recibido cobros indebidos del Servicio Público de
Empleo Estatal (SEPE) que esperen a su reclamación antes de presentar la declaración de la renta.
La Agencia Tributaria publicó la semana pasada en su página web un documento con información específica para los 3,5 millones de trabajadores afectados por un ERTE ante la campaña de la renta 2020, que arranca el 7 de abril. En concreto, la Agencia señala
que las dificultades que puede encontrar el colectivo perceptor de
prestaciones del SEPE (que se consideran rendimientos de trabajo sujetos
a IRPF) proceden o bien del hecho de tener dos pagadores (su empresa y el SEPE) o bien por haber recibido abonos que no le correspondían.
El SEPE y la Agencia Tributaria, conectados
En
los casos de trabajadores que hayan recibido un abono del SEPE superior
al que le correspondía, tendrán que tener en cuenta esta circunstancia a
la hora de elaborar su declaración de la renta, aunque la actuación
será diferente en función de si se les ha reclamado o no la devolución
de estas cantidades.
Así, si el SEPE reclamó la devolución en 2020 y esta se ha efectuado, la Agencia Tributaria contará con la información correcta y el contribuyente podrá presentar su declaración normalmente. Sin
embargo, si el SEPE no reclamó en 2020, la información que aparece en
los datos fiscales de la Agencia Tributaria podría no ser correcta
-porque no recoge devoluciones efectuadas en 2021 o porque la reclamación ni siquiera se ha iniciado-, por lo que si es así recomienda esperar a que se actualice.
El SEPE y la Agencia Tributaria mantienen contactos para actualizar periódicamente la información de reintegros a
lo largo de la campaña de la renta, que se extiende hasta el 30 de
junio, de manera que los contribuyentes puedan contar con los datos
correctos en su borrador.