EFE | Dos peritos de la Agencia Tributaria han ratificado ante el tribunal que
juzga la caja b del PP el informe que elaboraron en septiembre de 2013
sobre las donaciones y sobresueldos registrados en el año 2008 en los
llamados papeles de Bárcenas, y en el que consideraron que por esos
conceptos el partido estaría exento de tributar por el impuesto de
sociedades.
En su declaración conjunta en el juicio, dos peritos de la Unidad de
Auxilio de la Agencia Tributaria han mantenido que los supuestos
sobresueldos contemplados en esa contabilidad, y cuya veracidad
desconocen, no superaban el límite de los 120.000 euros, mientras que
sobre las donaciones han defendido su legitimidad siempre y cuando ese
ingreso fuese destinado "al objeto o finalidad del partido político" y
no a la explotación económica.
Bajo esa premisa, que han situado en la interpretación del artículo
10.2 de la Ley de Financiación de partidos políticos, que entró en vigor
en 2007, han expuesto que a partir de esa fecha, y ya para el ejercicio
de 2008, las donaciones privadas, limitadas a un máximo de 100.000
euros, estaban exentas de tributar, siempre y cuando esos ingresos
fueran destinados a la actividad del partido.
La gran
controversia en el juicio ha sido por tanto si esa interpretación
tributaria podía aplicarse también a las donaciones partieran de
empresas adjudicatarias de contratos con la administración pública, dado
que se trataría de un delito. El perito de parte, propuesto por
IU, ha considerado "absurdas" las conclusiones del informe de los
técnicos de Hacienda y ha expuesto que si esas donaciones "turbias" de
empresas están exentas de tributar eso beneficiaría a una actividad
delictiva, si bien ha reconocido que él solo se limitó a analizar los
"papeles" y no comprobó si realmente esas sociedades tenían contratos
públicos.
Por eso, la abogada que representa a IU les ha preguntado por una
anotación en la que aparece una posible donación de 250.000 euros a
nombre de Juan Miguel Villar Mir, expresidente de la constructora OHL, y
si esa donación iría en contra de la excepción que contempla la Ley de
Financiación de Partidos de recibir donativos de empresas adjudicatarias
de contratos públicos.
En ese momento ha intervenido el presidente del tribunal, José
Antonio Mora para advertir a la abogada: "señora letrado, la pregunta en
parte es correcta pero en parte no. Esto que está preguntando usted
forma parte de otro proceso que se está investigando y que una vez se
concluya será juzgado", en referencia a la causa en la que el juez de la
Audiencia Nacional Santiago Pedraz investiga si las donaciones eran a
cambio de adjudicaciones. "Aquí estamos juzgando lo que salió de la caja, lo que entró en la caja es otro proceso", ha puntualizado el presidente.
El
abogado del PP, que figura en esta causa como responsable civil
subsidiario, ha querido saber si esa supuesta aportación de Villar Mir
se consideraría conforme a la ley, a lo que el perito de Hacienda ha
respondido que las conclusiones de su informe estaban subordinadas a la
valoración final de las pruebas, y como desconoce qué elementos han sido
probados, no podía contestar.
Los peritos de la Agencia Tributaria han destacado que cuando ellos
elaboraron ese informe, en un momento incipiente de la investigación
sobre los papeles, que había comenzado meses antes, carecían de material
probatorio sobre muchos aspectos. No obstante, uno ha lamentado
además que no hay previsión normativa que determine cómo reacciona el
ordenamiento tributario ante las donaciones que no cumplan los
requisitos establecidos, y tampoco ha sabido precisar si habría que
haber quitado la exención o no a las empresas con contratos en vigor con
la administración pública si los ingresos han sido destinados al objeto
del partido.
Para determinar la exención, ha explicado, hicieron
un análisis global partiendo de los papeles de Bárcenas para determinar
si estaban vinculados al objeto del partido y en la medida que se
contemplaba en la contabilidad declarada del partido se consideró que
esa había sido la finalidad. Lo mismo sucede con respecto a la reforma de la sede del PP y los
pagos a la empresa Unifica que realizó las obras. Los peritos han dicho
que también consideran que atiende también a necesidades del partido por
lo que también quedaría exento de tributar.
Ante este informe
del auxilio judicial, el juez pidió a la ONIF que realizase una
liquidación alternativa del impuesto de sociedades sobre los ingresos de
los papeles considerando que tenían que tributar. Según ha
expuesto la exjefa de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude
(ONIF), se presentaron dos liquidaciones alternativas y en una sale una
cuota a pagar 220.000 euros, y en otra, deduciendo los gastos comunes de
la actividad propia del PP, resulta una cuota de 25.630 euros, por lo
que tampoco llegaría a los 120.000 euros de límite para ser considerado
delito. El juicio se reanudará el próximo lunes con la continuación de la fase pericial.