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CASO BÁRCENAS | PARTIDO POPULAR

Peritos de Hacienda ratifican que las donaciones de la caja b no tenían que tributar

22-04-2021 17:11:48

EFE | Dos peritos de la Agencia Tributaria han ratificado ante el tribunal que juzga la caja b del PP el informe que elaboraron en septiembre de 2013 sobre las donaciones y sobresueldos registrados en el año 2008 en los llamados papeles de Bárcenas, y en el que consideraron que por esos conceptos el partido estaría exento de tributar por el impuesto de sociedades.

En su declaración conjunta en el juicio, dos peritos de la Unidad de Auxilio de la Agencia Tributaria han mantenido que los supuestos sobresueldos contemplados en esa contabilidad, y cuya veracidad desconocen, no superaban el límite de los 120.000 euros, mientras que sobre las donaciones han defendido su legitimidad siempre y cuando ese ingreso fuese destinado "al objeto o finalidad del partido político" y no a la explotación económica.

Bajo esa premisa, que han situado en la interpretación del artículo 10.2 de la Ley de Financiación de partidos políticos, que entró en vigor en 2007, han expuesto que a partir de esa fecha, y ya para el ejercicio de 2008, las donaciones privadas, limitadas a un máximo de 100.000 euros, estaban exentas de tributar, siempre y cuando esos ingresos fueran destinados a la actividad del partido.

La gran controversia en el juicio ha sido por tanto si esa interpretación tributaria podía aplicarse también a las donaciones partieran de empresas adjudicatarias de contratos con la administración pública, dado que se trataría de un delito. El perito de parte, propuesto por IU, ha considerado "absurdas" las conclusiones del informe de los técnicos de Hacienda y ha expuesto que si esas donaciones "turbias" de empresas están exentas de tributar eso beneficiaría a una actividad delictiva, si bien ha reconocido que él solo se limitó a analizar los "papeles" y no comprobó si realmente esas sociedades tenían contratos públicos.

Por eso, la abogada que representa a IU les ha preguntado por una anotación en la que aparece una posible donación de 250.000 euros a nombre de Juan Miguel Villar Mir, expresidente de la constructora OHL, y si esa donación iría en contra de la excepción que contempla la Ley de Financiación de Partidos de recibir donativos de empresas adjudicatarias de contratos públicos.

En ese momento ha intervenido el presidente del tribunal, José Antonio Mora para advertir a la abogada: "señora letrado, la pregunta en parte es correcta pero en parte no. Esto que está preguntando usted forma parte de otro proceso que se está investigando y que una vez se concluya será juzgado", en referencia a la causa en la que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz investiga si las donaciones eran a cambio de adjudicaciones. "Aquí estamos juzgando lo que salió de la caja, lo que entró en la caja es otro proceso", ha puntualizado el presidente.

El abogado del PP, que figura en esta causa como responsable civil subsidiario, ha querido saber si esa supuesta aportación de Villar Mir se consideraría conforme a la ley, a lo que el perito de Hacienda ha respondido que las conclusiones de su informe estaban subordinadas a la valoración final de las pruebas, y como desconoce qué elementos han sido probados, no podía contestar.

Los peritos de la Agencia Tributaria han destacado que cuando ellos elaboraron ese informe, en un momento incipiente de la investigación sobre los papeles, que había comenzado meses antes, carecían de material probatorio sobre muchos aspectos. No obstante, uno ha lamentado además que no hay previsión normativa que determine cómo reacciona el ordenamiento tributario ante las donaciones que no cumplan los requisitos establecidos, y tampoco ha sabido precisar si habría que haber quitado la exención o no a las empresas con contratos en vigor con la administración pública si los ingresos han sido destinados al objeto del partido.

Para determinar la exención, ha explicado, hicieron un análisis global partiendo de los papeles de Bárcenas para determinar si estaban vinculados al objeto del partido y en la medida que se contemplaba en la contabilidad declarada del partido se consideró que esa había sido la finalidad. Lo mismo sucede con respecto a la reforma de la sede del PP y los pagos a la empresa Unifica que realizó las obras. Los peritos han dicho que también consideran que atiende también a necesidades del partido por lo que también quedaría exento de tributar.

Ante este informe del auxilio judicial, el juez pidió a la ONIF que realizase una liquidación alternativa del impuesto de sociedades sobre los ingresos de los papeles considerando que tenían que tributar. Según ha expuesto la exjefa de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF), se presentaron dos liquidaciones alternativas y en una sale una cuota a pagar 220.000 euros, y en otra, deduciendo los gastos comunes de la actividad propia del PP, resulta una cuota de 25.630 euros, por lo que tampoco llegaría a los 120.000 euros de límite para ser considerado delito. El juicio se reanudará el próximo lunes con la continuación de la fase pericial.





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