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José Manuel López García
Nacional

GALICIA | ASTURIAS

El gobierno del Principado vulnera la ley con el glotónimo "eonaviego"

27-11-2022 12:52:51

REDACCIÓN | Esta semana ha finalizado el plazo de presentación de alegaciones en relación con dos iniciativas legislativas del gobierno asturiano: el Proyecto de decreto por el que se establecen los niveles de competencia en el uso del gallego-asturiano, y la Propuesta de nuevo Decreto por el que se crea y regula la Oficina de Derechos Lingüísticos. Axuntar, asociación para defensa del galego de Asturias, ha presentado alegaciones a ambos decretos al entender que el ejecutivo de Adrián Barbón pretende sustituir por la puerta de atrás el glotónimo vigente en la legislación actual, gallego-asturiano, por el término alegal eonaviego, que tanto desde la Academia de la Llingua Asturiana como desde el propio gobierno vienen usando de un tiempo a esta parte como equivalente al primero con la intención de borrar cualquier referencia al gallego en la denominación de la lengua que hablan decenas de miles de asturianos, y que merece la misma protección que el asturiano.  

Además, un decreto no puede contradecir la ley regional en la que se basa. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1998, de 23 de marzo, sobre su uso y promoción bable/asturiano, la propuesta actual de introducir una nueva denominación para el gallego de Asturias es improcedente. No existe reconocimiento legal de la expresión o glotónimo "eonaviego", porque esa ley se refiere a ella como "gallego-asturiano".  

La asociación denuncia que, a pesar de que en la resolución que ordena “el inicio del procedimiento para la elaboración de una disposición de carácter general por la que se crea y regula la oficina de derechos lingüísticos”, y también en otros apartados del texto, se reconoce expresamente que se está desarrollando la Ley 1/1998, de 23 de marzo, en el articulado de la propuesta de Decreto, y haciendo caso omiso a la propia ley que desarrolla, se añade siempre el apéndice “o eonaviego”, que carece de reconocimiento legal,  con la voluntad de ir avanzando en el abandono del glotónimo legal (“gallego-asturiano”), que poco a poco pretenden ir sustituyendo por el primero. Añadiendo además una Disposición Adicional en la que se remarca esa intención del gobierno de acuñar, vía decreto, algo que no ha sido aprobado por ley en la Junta General del Principado y preparar así su utilización en regulaciones posteriores.  

Recuerdan que, dado que el gallego de Asturias no tiene estatus de oficialidad, es aplicable lo dispuesto en la Parte II de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minorizadas (CELRM), y más en concreto, el artículo 7.1.apartado b., que se vulnera con el texto del decreto. Según ese artículo “en materia de lenguas regionales o minoritarias, en los territorios en los que se hablen dichas lenguas y según la situación de cada una de ellas, las Partes basarán su política, su legislación y su práctica”, entre otros, en el principio del “respeto del área geográfica de cada lengua regional o minoritaria, actuando de tal suerte que las divisiones administrativas ya existentes o nuevas no sean un obstáculo para el fomento de dicha lengua regional o minoritaria.  

”Para Axuntar, es evidente que al denominar a la lengua que se habla en el Occidente de Asturias “eonaviego” se pretende evitar identificarla como la variante de la lengua gallega que es, lo que constituye un obstáculo artificioso para el fomento de esta lengua, desvinculándola de su tronco lingüístico por el mero hecho de existir una frontera administrativa, algo expresamente proscrito en el  mencionado artículo de la CELRM.  

Añaden que tras alcanzarse un cierto consenso en la denominación “gallego-asturiano” o “gallego de Asturias”, cualquier intento de alterar esta denominación, además de su evidente ilegalidad, no solo supone un paso atrás en la historia sociolingüística, sino que también significa la aplicación de dos varas de medir la diversidad lingüística asturiana, por cuanto se pretende cometer la misma injusticia que primero se cometió con el asturiano. 

La asociación exige que en el texto de decreto por el que se crea y regula la Oficina de Derechos Lingüísticos, para referirse a la otra lengua propia de Asturias distinta del “bable/asturiano” o  “asturiano” se utilice únicamente la denominación “gallego-asturiano”, eliminando el término “eonaviego” que figura en la propuesta de decreto. 

También que se reconozca la filiación asturleonesa del asturiano y la filiación gallegoportuguesa del gallego-asturiano, considerando un principio fundamental de interpretación de este decreto el respeto del área geográfica de cada lengua regional o minoritaria, actuando de tal forma que las divisiones administrativas ya existentes o nuevas no sean un obstáculo para el fomento de dicha lengua regional o minoritaria. 

En sus alegaciones, la asociación Axuntar recuerda que el gallego que se habla en Asturias tiene su origen en la lengua medieval denominada galaico-portugués, que procede del latín. El galaico-portugués, el idioma de las Cántigas a Santa María, del Rey Alfonso X el Sabio, está presente en la Colección Diplomática del Monasterio de Villanueva de Oscos, donde se conserva una importante cantidad de documentos (superada en número solo por la catedral de Oviedo y algunas abadías de la zona central de Asturias); documentos que sitúan esta comarca asturiana como uno de los lugares de referencia en el origen de los idiomas gallego y portugués. 

El gallego-asturiano constituye por tanto un importante patrimonio cultural inmaterial, pero, por encima de todo, es un idioma vivo de Asturias, una variedad dialectal del gallego, y su existencia requiere el reconocimiento y protección, en los mismos términos que rigen para el resto de hablantes de las otras lenguas de la comunidad autónoma. En ese sentido, el reconocimiento y respeto a la denominación de esta lengua (“gallego-asturiano”, conforme a la legislación vigente) es condición sine qua non para garantizar la normalización del idioma y el respeto y protección que tiene encomendados precisamente la Oficina de Derechos Lingüísticos. 

Veremos si el ejecutivo asturiano decide saltar por encima de la Constitución Española, del Estatuto de Autonomía y de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minorizadas, o escoge manejar estos asuntos con sensatez y respeto al idioma gallego que se habla en Asturias y a sus miles de hablantes. Departamento de comunicación





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