REDACCIÓN | El Tribunal Supremo ha avalado las rebajas de penas que contempla la ley del solo sí es sí, por lo que rechaza el criterio de la Fiscalía que defendía que no hay que reducir las penas de los condenados por delitos sexuales en sentencia firme, si estas estaban incluidas en la horquilla que fijaba la nueva norma.
El Pleno de la Sala de lo Penal ha fijado esta posición al rechazar todos los recursos de la Fiscalía que postulaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.
En concreto, la Sala rechaza todos los recursos de la Fiscalía que postulaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.
La posición del Supremo es un golpe a la Fiscalía que desde la entrada en vigor de la ley viene insistiendo, con dos circulares de por medio, en que no hay que revisar las penas de los condenados por delitos sexuales en sentencia firme, si estas están incluidas en la horquilla que fija la ley del solo sí es sí para cada delito. Leer más